HOLA A TODOS
DESEARIA QUE ALGUIEN ME DIGA LO QUE HIZO EN UN CASO SIMILAR: uNA SEÑORA PENSIONADA A LA QUE LE PRESENTE UN 1ER SICAM EN 29/08/2006 Y ME RECHAZARON LA JAAP - CORREGI EL ERROR Y LA ENVIE NUEVAMENTE EL 27/10/06 PERO ESPERE HASTA NOVIEMBRE PARA VER SI ME LA ACEPTABAN EN AFIP - PARA ESTO SALIO LA RESOL. 69 Y ENTONCES LA ENVIE POR WEB- HOY FUE A COBRAR Y FUE SUSPENDIDA POR SER PENSIONADA - QUE SE HACE? ALGUIEN PASO POR ESTO? GRACIAS POR SUS RESPUESTAS!!!
Si enviaste la jubilación por web dentro de los 45 días hábiles posteriores al dictado del decreto y la res. de anses, le tienen pagar, hay una circular que lo avala, pero no me acuerdo el número.
Anda a hablar en Beneficios porque a lo mejor el problema es otro. Acá en rosario, ha pasado que suspenden el cobro porque no está acreditado el pago de la cuota, por error del banco, etc.
