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  • TRABAJADORA DE CALL CENTER QUE UNICAMENTE BRINDA TAREAS PARA UN BANCO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1302041  por belen0909
 
Hola a todos. Tengo un cliente que trabaja para un call center, únicamente él brinda servicios para BBVA Banco Francés, llama a clientes morosos del banco. No hace otra tarea que no sea para ese banco. Las directivas se las brinda el call center. Trabaja desde su casa, pero ahora quieren que vuelva presencial al call center.
La mujer se quiere ir del trabajo pero no quiere renunciar, es decir quiere una indemnización. Estas son las posibles injurias:

1- Diferencias salariales: él está registrado como empleado de comercio, cuando debería estar registrado como trabajador presencial. El tema con esto es que vi que la jurisprudencia está dividida. Aunque al banco se lo puede considerar responsable solidario en los términos del art. 30 LCT, no sé si se le aplicaría ese convenio.

2- Aportes impagos: Tiene ciertos aportes impagos según la página de afip, pero por lo que vi no es suficiente para considerarlo despedido.

Qué opinan?
 #1347036  por raulpetracci
 
Hola,
1.- No deberia estar como empleado de comercio, si no como telefonicos.-
2.- Envia telegrama intimando a que lo registren como telefonico y fijate los salario que le corresponderian.-
3.- El telegrama tambien mandaselo al Banco, intimalos como solidarios.-
4.- Fijate si tiene algun premio por productividad que no se lo paguen en el recibo de sueldo (trabaje en un call center y nos daban muchos premios de vales de compras y efectivo pero nada de ello en el recibo de sueldo) e intimalos a que lo incorporen.-
Espero te sirva.-

Cualquier cosa avisa.-
Saludos!!!