Hola a todos. Tengo un cliente que trabaja para un call center, únicamente él brinda servicios para BBVA Banco Francés, llama a clientes morosos del banco. No hace otra tarea que no sea para ese banco. Las directivas se las brinda el call center. Trabaja desde su casa, pero ahora quieren que vuelva presencial al call center.
La mujer se quiere ir del trabajo pero no quiere renunciar, es decir quiere una indemnización. Estas son las posibles injurias:
1- Diferencias salariales: él está registrado como empleado de comercio, cuando debería estar registrado como trabajador presencial. El tema con esto es que vi que la jurisprudencia está dividida. Aunque al banco se lo puede considerar responsable solidario en los términos del art. 30 LCT, no sé si se le aplicaría ese convenio.
2- Aportes impagos: Tiene ciertos aportes impagos según la página de afip, pero por lo que vi no es suficiente para considerarlo despedido.
Qué opinan?
La mujer se quiere ir del trabajo pero no quiere renunciar, es decir quiere una indemnización. Estas son las posibles injurias:
1- Diferencias salariales: él está registrado como empleado de comercio, cuando debería estar registrado como trabajador presencial. El tema con esto es que vi que la jurisprudencia está dividida. Aunque al banco se lo puede considerar responsable solidario en los términos del art. 30 LCT, no sé si se le aplicaría ese convenio.
2- Aportes impagos: Tiene ciertos aportes impagos según la página de afip, pero por lo que vi no es suficiente para considerarlo despedido.
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