Hola a todos. Les cuento: Juzgado 10: aprueban la liquidación que practiqué.-
Declaran la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24463.-
ANSES se agravia por honorarios e imposición de costas.-
NO SE AGRAVIA POR LA DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO PREVIAMENTE CITADO.
Resulta que deciden concederle la apelación porque el tratamiento de esa norma legal, se difiere para la etapa de ejecución.-
En tiempo y forma planteo revocatoria señalando que el recurso concedido vulnera el principio de congruencia en tanto y en cuanto la cuestión NO HA SIDO MATERIA DEL MEMORIAL.-
Tienen por contestado el traslado y, sin fundamento alguna, deciden la elevación del expediente.-
Esta es la pregunta: Hay algo que quizá no esté advirtiendo? Me estoy equivocando? O el decisorio constituye una lisa y llana burrada por parte de Perez Nabis, (perdón, Namis).
De verdad estoy tan indignada que quizá me estoy cegando y pierdo objetividad jurídica.-
Quizá alguno de los colegas puedan encontrar la vuelta.
Desde ya, muchísimas gracias
Declaran la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24463.-
ANSES se agravia por honorarios e imposición de costas.-
NO SE AGRAVIA POR LA DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO PREVIAMENTE CITADO.
Resulta que deciden concederle la apelación porque el tratamiento de esa norma legal, se difiere para la etapa de ejecución.-
En tiempo y forma planteo revocatoria señalando que el recurso concedido vulnera el principio de congruencia en tanto y en cuanto la cuestión NO HA SIDO MATERIA DEL MEMORIAL.-
Tienen por contestado el traslado y, sin fundamento alguna, deciden la elevación del expediente.-
Esta es la pregunta: Hay algo que quizá no esté advirtiendo? Me estoy equivocando? O el decisorio constituye una lisa y llana burrada por parte de Perez Nabis, (perdón, Namis).
De verdad estoy tan indignada que quizá me estoy cegando y pierdo objetividad jurídica.-
Quizá alguno de los colegas puedan encontrar la vuelta.
Desde ya, muchísimas gracias