HOla, quisiera saber si alguien me puede orientar con este tema. Tengo una clienta que ya tiene sentencia de divorsio y alimentos contra el padre de su unica hija (dictada en el año 95). El tipo renuncio al trabajo en el 96 y de ahi dejo de cumplir. No tiene trabajo comprobable y lo bancan sus padres. Yo necesito demandar por alimentos a los abuelos. Ahora bien. Mi pregunta apunta a si lo encaro como incidente del juicio de divorsio o como una demanda nueva. Ademas quiero reclamar el aumento de la cuota que estaba fijada en $150. Esto es en Pcia de Bs. As.
Es todo en el mismo escrito?
Desde ya mil gracias al que me pueda ayudar en esta fecha santa!!!!!
Gracias... gracias... Mil gracias!!!!!!
Es todo en el mismo escrito?
Desde ya mil gracias al que me pueda ayudar en esta fecha santa!!!!!
Gracias... gracias... Mil gracias!!!!!!
María Laura