Quisiera que me ayuden a dilucidar esto. A mi cliente le hicieron una demanda por alimentos para su hijo menor, ya que no hubo acuerdo en la mediación. Luego se llegó a un acuerdo en la audiencia de conciliación, pero solo en cuanto a los alimentos ya que lamentablemente el abogado anterior de mi cliente nada dijo respecto de las visitas. Ahora mi cliente quiere fijar un régimen de visitas ya que su ex le restringe mucho el contacto con el niño. Mi pregunta es si debo iniciar una demanda nueva por las visitas, y pedir radicación por conexidad, o bien solicitarlas en la causa por alimentos, aunque ésta haya sido iniciada por la contraria y solo por alimentos y ya haya concluido. Gracias!!!!!!!!!!