Hola a todos.
Tengo el caso de una pensión directa, en la cual el causante al momento del fallecimiento tenia 65 años y 5 meses de edad y se encontraba trabajando en relación de dependencia, con 24 años de servicio.
Al momento de la liquidación lo toman como pensión directa por edad avanzada, por el art. 34 bis, con lo cual la liquidación es bastante menor a la que hubiera correspondido a una persona menor de 65 ( y con menos aportes). Por otra parte esta la posibilidad de trabajar hasta los 70 años, pero si tiene una invalidez o fallece quedas en peores condiciones.
Si alguien tiene jurisprudencia al respecto, se los agradezco.
Tengo el caso de una pensión directa, en la cual el causante al momento del fallecimiento tenia 65 años y 5 meses de edad y se encontraba trabajando en relación de dependencia, con 24 años de servicio.
Al momento de la liquidación lo toman como pensión directa por edad avanzada, por el art. 34 bis, con lo cual la liquidación es bastante menor a la que hubiera correspondido a una persona menor de 65 ( y con menos aportes). Por otra parte esta la posibilidad de trabajar hasta los 70 años, pero si tiene una invalidez o fallece quedas en peores condiciones.
Si alguien tiene jurisprudencia al respecto, se los agradezco.