Buenas a todos, a raiz de un accidente de tránsito ocurrido en mi provincia Misiones, celebré con la compañia aseguradora en la ciudad de Buenos Aires, (Ciudad Autonoma) un acuerdo transaccional mediante el cual abonan una indemnización a mi cliente y a sus dos hijos menores. Una vez HOMOLOGADO EL ACUERDO, el seguro pagó a mi cliente y depositó la parte de los menores a nombre de la carátula en el juzgado.
El problema se me presenta ahora para retirar el dinero de los menores, estoy preparando en plan de inversion para la compra de una casa en Misiones pero al consultar con un gestor en capital me ha dicho que una vez aprobado el plan de inversion voy a tener que viajar de Misones con el Vendedor del Inmueble, con mi cliente la Compradora y un escribano de Misiones y hacer la Escrituración en el banco a contraentrega de la plata!!!! (no creo que sea tan asi).
La verdad es que necesito que me orienten en la medida de las posibilidades como es este trámite, les comento que aca en Misiones una vez que la Jueza -previo dictamen favorable de la defensora de menores- autoriza el plan de inversión, emite una orden de pago a favor del padre (en su caso) de los menores y este una vez que retira el dinero compra el inmueble y escritura donde le plazca, luego presenta rendición de cuentas al juzgado (a veces).
desde ya gracias.
El problema se me presenta ahora para retirar el dinero de los menores, estoy preparando en plan de inversion para la compra de una casa en Misiones pero al consultar con un gestor en capital me ha dicho que una vez aprobado el plan de inversion voy a tener que viajar de Misones con el Vendedor del Inmueble, con mi cliente la Compradora y un escribano de Misiones y hacer la Escrituración en el banco a contraentrega de la plata!!!! (no creo que sea tan asi).
La verdad es que necesito que me orienten en la medida de las posibilidades como es este trámite, les comento que aca en Misiones una vez que la Jueza -previo dictamen favorable de la defensora de menores- autoriza el plan de inversión, emite una orden de pago a favor del padre (en su caso) de los menores y este una vez que retira el dinero compra el inmueble y escritura donde le plazca, luego presenta rendición de cuentas al juzgado (a veces).
desde ya gracias.
marcelo