Hola colegas! hice consulta en Afip por un error que me salía en el Sicam. También me dijeron que debo poner categoría 299 (igual que el Padrón Histórico de autónomos) y no 401 (albañil). Yo les dije que como aplico la moratoria Ley 24.476 todo lo anterior a 09/93 puedo cambiarlo y me dijo que: "Que si bien es cierto no se puede declarar distinto a lo que se declaró ante Anses (ex Suss, ex DNRP) y menos que se pague por una B y se declare una A, un pago de una B equivale a 1.5 veces una A. Como es inexigible se puede agregar cualquier cosa nueva sin pruebas pero no se puede modificar lo ya existente". ES ASI????? TIENEN RAZON ELLOS O YO? Yo lo que hice es ver los pagos que tenia y a todo antes del 09/93 le puse 401 (lo de la moratoria y pagos efectivos anteriores a esa fecha). GRACIAS COLEGAS!
Eso te lo dijeron en AFIP (y vaya a saber qué empleado de AFIP).
AFIP y ANSES son dos mundos distintos.
Si usás la 24476 se puede cambiar la actividad por una más barata hasta el 09/1993.
NO hay discusión sobre eso.
E imagino que lo habrás hecho muchas veces eso de cambiar la categoría en el SICAM antes del 9/93, y te funcionó.