Tanto si la prescripción sea a los 10 (buena fe) o a los 20 (mala fe), el escribano asume una posición de juez frente al hecho concreto, porque si vamos a la realidad, no existe prescripción alguna hasta que el juez asì lo diga, tanto a los 10 como a los 20.
Si el notario se pone en una situación de juez, debe conocer el derecho, y si ve que existe una serie de escrituras otorgadas respecto de un inmueble con un acto invalidante de hace màs de 10 años, debe decir que habiendo publicidad y registro, esta cumplida la prescripción, porque lo mismo lo està haciendo con las de 20 años.
Vic, nadie le irrogò al Escribano la facultad de juzgar, si lo hace y está aparentemente permitido, lo debe hacer bien, conforme a las normas, si no las cumple, es responsable, así de facil.