MORGAN escribió:Enfermedad-accidente. No se cita en garantía, no es la citación de la ley 17.418, traelos a juicio a ambos como demandados.OK, Y SI EN CAMBIO DEMANDO SÓLO AL EMPLEADOR, ÉSTE CITARÁ EN GARANTIA A LA ART, NO? O NO!!! ...
ME PARECE QUE MEJOR DEMANDO A AMBOS SEGUN LO SUGERIDO. GRAXX