No comprendo este tema procesal
ARTICULO 354°: Contenidos y requisitos. En la contestación opondrá el demandado todas las excepciones o defensas que, según este código no tuvieren carácter previo.
Se puede oponer en la contestaciòn las excepciones del art. 345 que tienen caracter de previo??
Todo en proceso ordinario.-
ARTICULO 354°: Contenidos y requisitos. En la contestación opondrá el demandado todas las excepciones o defensas que, según este código no tuvieren carácter previo.
Se puede oponer en la contestaciòn las excepciones del art. 345 que tienen caracter de previo??
Todo en proceso ordinario.-