Tengo una duda... un contrato de alquiler se firma en el año 2005, se resciende, se firma un reconocimiento de deuda y convenio de pago privado, que no es cumplido, tambien en el 2005... en el 2006 manda una CD intimando el pago de esos meses caidos no abonados por el locatario, obviamente nunca aparecio a pagar...!
El locador, quiere iniciar acciones para el cobro... de los mismo, seria un cobro ejecutivo?? o ya prescribio y ahora es cobro de alquileres???
Pregunto.. porque si lo puedo iniciar como ejecutivo, es mucho mas sencillo...
Cuanto es el tiempo de prescricpion?
El locador, quiere iniciar acciones para el cobro... de los mismo, seria un cobro ejecutivo?? o ya prescribio y ahora es cobro de alquileres???
Pregunto.. porque si lo puedo iniciar como ejecutivo, es mucho mas sencillo...
Cuanto es el tiempo de prescricpion?
En período esponja de conocimientos.-