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  • Cómo se aplica el art. 33º de la Conv. Colect. de Trab.?

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 #146277  por zfpaola
 
Buenas, quisiera que alguien me explique por favor, cómo se aplican las sanciones disciplinarias...además de ser justificadas, proporcionales y razonadas (cuestión difícil de determinar), físicamente ¿cómo se aplica un llamado de atención?, es decir: telegrama, verbal, etc.
En ese caso, aunque el empleado haya pedido disculpas, puede el empleador sancionarlo de todos modos? Ej: el empleado se retirara del establecimiento sin solicitar autorización al empleador, cuando regresa pide disculpas y promete no volver a hacerlo. Gracias.

 #146308  por MORGAN
 
No sé a que CCT te referís, el llamado de atención es llamarlo al trabajador y decirle por ej. señor que le pasó porque dejó su lugar de trabajo?, el empleado balbuceando dice -tenía diarrea y el baño estaba ocupado!-. -Bién!, -contesta el de recursos humanos-, queda avisado que la próxima vez lo voy a suspender, ok?. -tome acá tiene las pastillas de carbón-.