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  • primer cuota moratoria beneficiario que no puede pagar

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #14313  por FabianaAE
 
Hola! Alquien podría contarme si existe alguna posibilidad de evitar abonar la primer cuota de una moratoria (la voy a enviar de aútonomo puro)? El señor está en las últimas y no puede juntar el dinero para pagar antes del 22 de marzo.
Gracias
Fabiana

 #14315  por pavime
 
Evitar la cuota es imposible perso podría tu cliente pagarla vencida así puede recolectar la $. Saludos

 #14320  por Mariana H.
 
También se la podrías pagar vos y luego se la descontás del retroactivo que cobre. Yo lo hice con gente que realmente no tenía nada y si no lo hacía no recibía el beneficio. A la larga ganan los dos y es un gesto que tu cliente no va a subestimar...

 #14417  por FabianaAE
 
Gracias,
pero la duda es: vencida, no se cae la moratoria? Yo quisiera poder enviarle la moratoria, que vaya a Anses a hacer el tema de los datos personales y pedir la jubilación. Si pasa la fecha de vencimiento, no se cae?
Besos

 #14418  por FabianaAE
 
Ay, Mariana! Es lo primero que se me ocurre, pero justo estoy en un momento donde desembolsar casi 200 mangos es mucho...! Y también es involucrarse siempre... me complica.... porque tiendo a eso, a veces... por eso este tema de las jubilaciones no me va como anillo al dedo.
Gracias!
Besos

 #14431  por naty
 
hola quedate tranquilo hace unos dias pregunste los mismo y me dijeron q si la cuota esta vencida no pasa nada pagala cuando puedas igual tampoco te dejes estar!!
NO SE CAE EL BENEFICIO!!!

 #14435  por FabianaAE
 
Gracias, Naty!
Entonces lo que voy a hacer es mandar la jubilación (antes la moratoria), que antes, también, verifique los datos y que pague cuando cobra. Se me ocurre presentar una nota en Anses comunicando esta situación. Es altamente comprobable su situación económica.
Cariños,
Fabiana

 #14449  por naty
 
fabi lo que yo te decia es que no importa q la cuota est vencida!! pero antes de cobrar tenes q tener el pago si o si!!
fijate de presentar una nota al anses y luego contanos que paso!!!!!
pero yo me referia que no pasa nada si la pagas unas semananas posteriores al vencimiento!!
suerte :)

 #14480  por Recarte R
 
naty escribió:fabi lo que yo te decia es que no importa q la cuota est vencida!! pero antes de cobrar tenes q tener el pago si o si!!
fijate de presentar una nota al anses y luego contanos que paso!!!!!
pero yo me referia que no pasa nada si la pagas unas semananas posteriores al vencimiento!!
suerte :)
Igual, OJO! depende como caiga el pago en el sistema, a una mia le suspendieron el beneficio.-

 #14481  por FabianaAE
 
Chicos queridos colegas míos...! me siento en una encrucijada....! Qué pasa si presento antes una nota ante ANSES? o contemporáneamente con la solicitud de la jubilación?
Cariños a todos.
Me encanta esto de compartir criterios!
Cómo se aprende!

 #14619  por darí­o rh
 
FabianaAE escribió:Chicos queridos colegas míos...! me siento en una encrucijada....! Qué pasa si presento antes una nota ante ANSES? o contemporáneamente con la solicitud de la jubilación?
Cariños a todos.
Me encanta esto de compartir criterios!
Cómo se aprende!

No me considero insensible, pero, en estos casos, le sugeriría al cliente que gestione una pensión no contributiva.
Me parece como un poco abusivo pedirle al estado que le abone una jubilación, no habiendo aportado lo que legalmente le correspondía en su momento, y que, ni siquiera se esmere en pagar "una cuota" (¡y tan pequeña!). Si no tiene el dinero, podría pedirlo prestado a un familiar, amigo, vecino o conocido.

Me indigna la gente que quiere todo a cambio de ningún esfuerzo personal.

Esa jubilación que posiblemente va a obtener ¿de dónde saldrá?
De los aportes de aquéllos que, con sacrificio, van todos los meses al Banco, a dejar sus pesitos, para que los actuales jubilados puedan cobrar sus haberes. En lugar de depositarlos podían haber elegido gastarlos para su beneplácito, pero no.

 #14637  por FabianaAE
 
Dario.
Muy difícil entrar en este tema... no estoy en desacuerdo con tus pareceres, pero es más profundo que eso, me parece. En principio, siempre, todos, aunque no aportemos a la jubilación, aportamos al Estado a través de diversos impuestos. Por otro lado, mucha gente aportó durante el tiempo que pudo, hasta que se cayó en un pozo y no pudo más que optar entre comer y pagar autónomos. Es este el caso. Es verdad, debiera moverse, y pedir el dinero prestado. Pero no es tan injusto, como pedirle una primer cuota al Estado? En todo caso, no sale después del Estado el resto de las cuotas? No debiera existir una jubilación base para todo el cumpla la edad y luego, en todo caso, acrecer si hizo aportes? Los años requeridos de aportes (30), son los establecidos por la ley de la era Cavallo, los mismos que impusieron el listado de la ley de ART, entre otras cosas. Si nos quedamos en el criterio este, es solamente considerar que se jubila el que tiene dinero. Y justamente, la moratoria, es para quien no tiene el dinero. Y después cobra menos. Y las no contributivas, me parecen bastante complicadas, poco más que tenés que decir que estás por morirte con un grano de arroz como último almuerzo. El sistema no es solidario, termino pensando que todo se ha hecho para facilitar a quien tiene para obtener cosas. Aquellos que aportan, aún con esfuerzo, también merecen respeto, pero no creo que alguien que no pueda pagar la primer cuota antes de otorgado el beneficio, le quite el dinero a ellos, puesto que luego es descontado de su propio haber. Es más, debiera descontarse de entrada así. En todo caso, el Estado debiera procurar fondos jubilatorios a evasores fiscales bien grandes. Pero ese ya es otro tema, sabemos de qué se trata.
Un cariño,
Fabiana

 #15008  por darí­o rh
 
FabianaAE escribió:Dario.
Muy difícil entrar en este tema... no estoy en desacuerdo con tus pareceres, pero es más profundo que eso, me parece. En principio, siempre, todos, aunque no aportemos a la jubilación, aportamos al Estado a través de diversos impuestos. Por otro lado, mucha gente aportó durante el tiempo que pudo, hasta que se cayó en un pozo y no pudo más que optar entre comer y pagar autónomos. Es este el caso. Es verdad, debiera moverse, y pedir el dinero prestado. Pero no es tan injusto, como pedirle una primer cuota al Estado? En todo caso, no sale después del Estado el resto de las cuotas? No debiera existir una jubilación base para todo el cumpla la edad y luego, en todo caso, acrecer si hizo aportes? Los años requeridos de aportes (30), son los establecidos por la ley de la era Cavallo, los mismos que impusieron el listado de la ley de ART, entre otras cosas. Si nos quedamos en el criterio este, es solamente considerar que se jubila el que tiene dinero. Y justamente, la moratoria, es para quien no tiene el dinero. Y después cobra menos. Y las no contributivas, me parecen bastante complicadas, poco más que tenés que decir que estás por morirte con un grano de arroz como último almuerzo. El sistema no es solidario, termino pensando que todo se ha hecho para facilitar a quien tiene para obtener cosas. Aquellos que aportan, aún con esfuerzo, también merecen respeto, pero no creo que alguien que no pueda pagar la primer cuota antes de otorgado el beneficio, le quite el dinero a ellos, puesto que luego es descontado de su propio haber. Es más, debiera descontarse de entrada así. En todo caso, el Estado debiera procurar fondos jubilatorios a evasores fiscales bien grandes. Pero ese ya es otro tema, sabemos de qué se trata.
Un cariño,
Fabiana


Mi intención no es entrar en discusión con vos.

Hay muchos ítems de los que mencionás que, merecerían ser contestados, pues, no considero estén respaldados totalmente, pero, esta no es mi finalidad.

Veo muy bien que te ocupés de los más necesitados. Yo también lo hago.

Una sugerencia: en las Municipalidades de muchos Partidos, le abonan la primera cuota, a la gente con grandes dificultades económicas, como creo es este caso, según vos lo estás manifestando.

 #15097  por anya
 
Fabiana: el tema de la cuota es asi: si no paga antes del vencimiento la puede pagar posteriormente con los intereses devengados (los calculas en la pagina de afip), algunos opinan que anses no cobra intereses, en caso que no la pague el dia de cobro no cae el beneficio....solo lo suspenden hasta que pague la primer cuota, ni bien paga va a comenzar a percibir la jubilación. De ultima que la valla juntando de a poco antes de la fecha de cobro, no??