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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1467837  por Elyse2016
 
Buenas noches colegas

Señor que quiere tramitar RTI

Situación aportes

9 años de MT pagados dentro del mes, 12 meses se encuentran dentro de los últimos 5 años, debería completar para llegar a los 15 exigidos con Moratoria Ley 24476

Tiene inscripción de autónomo de 1991 a 2007 todo con deuda, solo necesito 6 años, como hago para liquidar solo ese tiempo, porque en este supuesto no puedo aplicar beneficios no?

Les agradecería sus comentarios

Saludos
 #1467844  por MARIO1943
 
Elyse2016 escribió: Mié, 27 Abr 2022, 22:15 Buenas noches colegas

Señor que quiere tramitar RTI

Situación aportes

9 años de MT pagados dentro del mes, 12 meses se encuentran dentro de los últimos 5 años, debería completar para llegar a los 15 exigidos con Moratoria Ley 24476

Tiene inscripción de autónomo de 1991 a 2007 todo con deuda, solo necesito 6 años, como hago para liquidar solo ese tiempo, porque en este supuesto no puedo aplicar beneficios no?

Les agradecería sus comentarios

Saludos
A LA DEUDA APLICA DECRETO 526/95, FIJATE EN LOS PERIODOS CON DEUDA SI PODES APLICAR CIRCULAR 3/08
2008 - Año de la Enseñanza de las Ciencias”
Buenos Aires, 09 de Enero de 2008.-
CIRCULAR GP Nº 03/08
RETIRO POR INVALIDEZ Y PENSIONES DIRECTAS
SERVICIOS AUTÓNOMOS - ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE APORTANTE CON EXISTENCIA DE DEUDA POR INTERESES
La Gerencia Previsional recuerda a todas las UDAI que en las solicitudes de retiro por invalidez y pensión por fallecimiento de afiliado en actividad, los meses en los cuales el afiliado o el causante efectuó el aporte por la actividad autónoma o como monotributista dentro del mes calendario a su vencimiento (aunque la fecha de pago fuera posterior al vencimiento pero dentro del mes respectivo a éste) resultarán computables a todos los efectos previsionales, como así también para la acreditación de la condición de aportante, aunque exista deuda por intereses que surja del SICAM de tales pagos, todo ello por aplicación del artículo 1º del Decreto Nº 460/99.
Si el titular optare por el Decreto 526/95, no resultará exigible el pago de dichos intereses para dar curso a la solicitud y trámite pertinente
 #1467847  por Elyse2016
 
Gracias Mario por tu respuesta

Mi duda radicaba puntualmente en:

Tengo deuda de autónomo del 1991 a 2007 y tengo que regularizar solo 6 años para llegar a los 15

después de 09/1993 aplico Dcto526 como mencionas

del 1991 a 09/1993 has por los menos 16 años y solo necesito regularizar 6 , con el resto que sigue dentro de la moratoria, que hago?, también se aplica Decreto.

muchas gracias
 #1467854  por MARIO1943
 
Elyse2016 escribió: Jue, 28 Abr 2022, 10:04 Gracias Mario por tu respuesta

Mi duda radicaba puntualmente en:

Tengo deuda de autónomo del 1991 a 2007 y tengo que regularizar solo 6 años para llegar a los 15

después de 09/1993 aplico Dcto526 como mencionas

del 1991 a 09/1993 has por los menos 16 años y solo necesito regularizar 6 , con el resto que sigue dentro de la moratoria, que hago?, también se aplica Decreto.

muchas gracias
2008 - Año de la Enseñanza de las Ciencias"
Buenos Aires, 07 de Agosto de 2008.-
CIRCULAR GP Nº 40/08
INVOCACIÓN SIMULTÁNEA DEL DECRETO 526/95 Y DE LA LEY Nº 24.476
SU IMPROCEDENCIA PARA CUMPLIR LA CONDICIÓN DE APORTANTE EN EL
PERÍODO CONSOLIDADO POR LA MORATORIA
REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 36/08
Para la tramitación de las prestaciones previstas por el SIJP, no podrán invocarse en
forma simultánea para cumplir la condición de aportante en las siguientes
prestaciones:
Invocación Simultánea para cumplir la condición de aportante en el período
de consolidación de la Ley Nº 24.476 (1º/1/1955 al 30/9/1993)
Prestación
Decreto Nº 526/95 Ley Nº24.476 Fundamento legal
Retiro por Invalidez
No No Decreto Nº 526/95 (1)
Pensión por Fallecimiento
de afiliado en actividad
No No Decreto Nº 526/95 (1)
(1) El Decreto 526/95 es concluyente en el sentido de que la calificación de
aportante regular o irregular, con o sin derecho, a la que se refiere el art. 95 de la
Ley Nº 24.241 y el Decreto Nº 460/99, como condición para el acceso a las
prestaciones de invalidez y pensión deafiliado fallecido en actividad no es
susceptible de ser modificada mediante el pago de los aportes adeudados,
incluyendo los planes de facilidades de pago, tal como el que instrumenta la Ley Nº
24.476 (Capítulo II).
No obstante, la Resolución DE ANSES Nº 319/06, reglamentaria de la Ley Nº 24.476
(Capítulo II) dictada según las facultades otorgadas por el artículo 6º del Decreto Nº
1454/05, establece que el afiliado autónomo podrá completar el período necesario
para reunir la condición de aportante con lainvocación de los planes de facilidades
de pago instrumentados por la citada ley.De igual manera, admite que los
derechohabientes del afiliado autónomo fallecido puedan invocar dicha ley para los
fines indicados.
Es por ello, que a fin de armonizar ambas disposiciones reglamentarias, no cabe
admitir que por el período de consolidación de aportes adeudados de la Ley Nº
24.476 (Capítulo II) - 1/1/1955 al30/9/1993 - , se invoque además la no exigibilidad
de aportes establecida por el Decreto 526/95
 #1467970  por Elyse2016
 
Perdón recién veo el ultimo mensaje Mario

Si si, entendí, la renuncia solo si vas x los 30

Ahora sabes que en SICAM si selecciono RTI no me deja aplicar prescripción, me sale un cartel rojo que no se puede.

Entonces retomando, puedo regularizar deuda de autónomo con 24476 para llegar a los 15 y el resto de la deuda que esta dentro de la moratoria y que no necesito, mas algunos periodos de MT que no lo había visto, que también están con deuda pero después de 30/09, aplicar Dcto,526

La verdad estoy bastante confundida, ya lo voy a incorporar como corresponde

Muchas muchas gracias por tus comentarios
 #1467981  por MARIO1943
 
Elyse2016 escribió: Mar, 03 May 2022, 20:33 Perdón recién veo el ultimo mensaje Mario

Si si, entendí, la renuncia solo si vas x los 30

Ahora sabes que en SICAM si selecciono RTI no me deja aplicar prescripción, me sale un cartel rojo que no se puede.

Entonces retomando, puedo regularizar deuda de autónomo con 24476 para llegar a los 15 y el resto de la deuda que esta dentro de la moratoria y que no necesito, mas algunos periodos de MT que no lo había visto, que también están con deuda pero después de 30/09, aplicar Dcto,526

La verdad estoy bastante confundida, ya lo voy a incorporar como corresponde

Muchas muchas gracias por tus comentarios
A LOS PERIODOS DE DEUDA QUE NO TE DEJA PRESCRIBIR, LO METES EN LA MORATORIAS
 #1467982  por Elyse2016
 
Buenos días

Sabes que directamente me sale cartel rojo que dice en RTI no se puede aplicar prescripción, por eso consultaba si puedo aplicarle a toda la deuda que no necesito 526

De hecho mi idea era no hacerle pagar al cliente periodos que no necesita, solo me faltan regularizar 6 años para llegar a los 15

mil gracias !
 #1467990  por MARIO1943
 
NO SE PUEDE APLICAR DECRETO CUANDO HAY MORATORIA 24476
LOS PERIODOS DE MORATORIAS NO SON CAROS, NO TENES OTRA