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 #1470424  por Tuiti
 
JulioManfredini escribió: Mar, 30 Ago 2022, 12:23 Gracias por las respuestas. Ya no reformularé porque el caso es como lo describí en mi último posteo.
Quiero comentar algo, que entiendo es aplicable al caso, y que es general obviamente.
Si alguien vende su parte en un inmueble, cobra el precio justo por ello, con todas las de la ley, nada tiene que reclamar. En el caso, no se cuestiona ese acto.
Si alguien (M) se desapodera de su único bien mediante donación , siendo ya muy mayor(en este caso, la mitad de un inmueble),...preguntale a los escribanos cuando hacen estudio de títulos!!!
La parte que vendió H1, es la que había heredado de su padre P!!!! :arrow: Otra aclaración !
La parte que le hubiera coerrespondido (a sus hijos , en representacion)..era la de su madre M. Y ella la donó integramente..
Quizas ahi se vea un poco mejor a donde voy :arrow: recién ahora se aclara. , y acepto sus valosos comentarios
 #1470425  por Tuiti
 
Yo tendría que haberme dado cuenta :idea: que solamente vendía la parte del padre por los % que marcaste, creo que eran 16,67 % finalmente para cada uno.
Pero ahora el deber me llama, no puedo seguir pensando.
Veamos si alguien más contesta.
 #1470440  por Tuiti
 
JulioManfredini escribió: Mar, 30 Ago 2022, 12:40 Gracias, Tuiti. entre lo farragoso y lo poco claro al comienzo de mi exposición ¡ te parecerá ! :lol: , creo que los mareé a todos, pero es un caso muy interesante
Sí, si realmente hay un caso, debe ser interesante, pero yo no lo tomaría, a mi gusto demasiadas suposiciones de parte de Juan, demasiada tranquilidad esperar 15 años para venir a reclamar ahora, no me cierran los te digo, le dije, me dijeron. En fin, son formas de trabajar. Ni mejores ni peores, distintas.
Veamos si alguien da su opinión.
*suerte*