POR LO QUE ESTUVE LEYENDO LA COMPRA DE ESTAS UNIDADES DE DEUDA PREVISIONAL, NO SE VA A LIQUIDAR EN LA PLATAFORMA SICAM, SE HARIA POR OTRO MECANISMO QUE VA A SURGIR DE LA REGLAMENTACION, SIGUE VIGENTE QUE LA PERSONA QUE COBRE UN BENEFICIO SUPERIOR A LA JUBILACION MINIMA, COMO LA LEY ANTERIOR, QUEDA EXCLUIDA DE ESTA COMPRA DE UNIDADES, LO BUENO QUE NO HAY DISCRIMINACION ENTRE HOMBRES Y MUJERES COMO LO ERA LA 26970, CON LA DIFERENCIA QUE LOS HOMBRE QUE CUMPLAN LA EDAD JUBILATORIA VAN A PODER COMPRAR LOS 30 AÑOS, NO ASI, CON LA MUJERES QUE A DICIEMBRE DEL 2008 NO PUEDEN CUMPLIMENTAR LOS 30 AÑOS , SALVO QUE TENGAN HIJOS , LA MISMA TENDRA QUE COMPUTARLO CON EL TIEMPO , CON EXCESO DE EDAD, ART 19 LEY 24241
MARIO1943 escribió: ↑Jue, 02 Mar 2023, 14:22 POR LO QUE ESTUVE LEYENDO LA COMPRA DE ESTAS UNIDADES DE DEUDA PREVISIONAL, NO SE VA A LIQUIDAR EN LA PLATAFORMA SICAM, SE HARIA POR OTRO MECANISMO QUE VA A SURGIR DE LA REGLAMENTACION, SIGUE VIGENTE QUE LA PERSONA QUE COBRE UN BENEFICIO SUPERIOR A LA JUBILACION MINIMA, COMO LA LEY ANTERIOR, QUEDA EXCLUIDA DE ESTA COMPRA DE UNIDADES, LO BUENO QUE NO HAY DISCRIMINACION ENTRE HOMBRES Y MUJERES COMO LO ERA LA 26970, CON LA DIFERENCIA QUE LOS HOMBRE QUE CUMPLAN LA EDAD JUBILATORIA VAN A PODER COMPRAR LOS 30 AÑOS, NO ASI, CON LA MUJERES QUE A DICIEMBRE DEL 2008 NO PUEDEN CUMPLIMENTAR LOS 30 AÑOS , SALVO QUE TENGAN HIJOS , LA MISMA TENDRA QUE COMPUTARLO CON EL TIEMPO , CON EXCESO DE EDAD, ART 19 LEY 24241TAMBIEN LA MUJER QUE NO LLEGA A COMPUTAR LOS 30 AÑOS, SE TENDRAN QUE INSCRIBIR EN MONOTRIBUTO, HASTA COMPLETAR EL FALTANTE , SUMADO AL ARTIC 19, CON ESTA HERRAMIENTA , LA MUJER NO QUEDA DESAMPARADA