buenas tardes colegas, me surgen dudas con el caso de un cliente y quisiera por favor pedirles su ayuda. El tema es asi:
Llega una mujer de 57 años que trabajó desde 11/2008 hasta 01/2023 en SDM para el mismo dador y me consulta como seguir aportando para la jubilación ... cuando entro a sicam para ver que tal estaban los pagos de SDM, me encuentro que tiene una liquidacion hecha el 29/04/2008 por Ley 24.476 para un supuesto reco de servicios que va desde 03/1984 a 09/1993 en 60 cuotas y al ver el detalle de pagos, se observa que hay 10 pagos en efectivo que al parecer habria hecho mi clienta y las otras 50 cuotas figuan con la leyenda "ANSES" como si hubieran sido retenidas de un beneficio y canceladas por el organismo.
El plan figura ACEPTADO y CANCELADO.-
En Anses no hay ningun expediente previsional de reconocimiento de servicios iniciado.....La mujer tiene un hijo para reco por tareas de cuidado y cumple los 60 en 03/2026. Sin dudas necesita comprar aportes...la pregunta es: Un plan que figura ACEPTADO y CANCELADO se puede dar de baja, o solo se pueden dar de baja los que figuran como impagos? Hay alguna forma de no perder los años que estan ese plan liquidado como reconocimiento de servicios?
Si no se pudiera, la baja del plan la pido en ANSES o debe pedirse en AFIP?
Muchas gracias, todo aporte y experiencia suma!!
Llega una mujer de 57 años que trabajó desde 11/2008 hasta 01/2023 en SDM para el mismo dador y me consulta como seguir aportando para la jubilación ... cuando entro a sicam para ver que tal estaban los pagos de SDM, me encuentro que tiene una liquidacion hecha el 29/04/2008 por Ley 24.476 para un supuesto reco de servicios que va desde 03/1984 a 09/1993 en 60 cuotas y al ver el detalle de pagos, se observa que hay 10 pagos en efectivo que al parecer habria hecho mi clienta y las otras 50 cuotas figuan con la leyenda "ANSES" como si hubieran sido retenidas de un beneficio y canceladas por el organismo.
El plan figura ACEPTADO y CANCELADO.-
En Anses no hay ningun expediente previsional de reconocimiento de servicios iniciado.....La mujer tiene un hijo para reco por tareas de cuidado y cumple los 60 en 03/2026. Sin dudas necesita comprar aportes...la pregunta es: Un plan que figura ACEPTADO y CANCELADO se puede dar de baja, o solo se pueden dar de baja los que figuran como impagos? Hay alguna forma de no perder los años que estan ese plan liquidado como reconocimiento de servicios?
Si no se pudiera, la baja del plan la pido en ANSES o debe pedirse en AFIP?
Muchas gracias, todo aporte y experiencia suma!!