No exagere, DrAlonso. No le va a pasar nada de lo que anuncia. El caso es exactamente el mismo si el reclamo es mediante una acción por responsabilidad civil que a través de una denuncia ante el colegio profesional de que se trate (en este caso, de la PBA). La consultante obró como legalmente debía y con lealtad. No tiene obligación de rastrear por todo el planeta dónde se esconde su cliente, a quien le correspondía denunciar su nuevo domicilio real, si es cierto que se mudó. Quien no es obra con lealtad y buena fe es el cliente rata que se esconde porque cree que su abogada le va a reclamar algún pago. No puede denunciar nada alegando su propio obrar contrario a derecho. Es como si un ladrón pretendiera patalear por que su cómplice le robó lo que han robado. Tema terminado, ya que la propia consultante lo dio por concluido. Saludos.
NO HAY DE QUE, PAU!
Y... ¿QUE VAS A HACER?