Hola colegas les cuento mi experiencia ante el turno LEY 27705 ........mi consulta habia sido por que en Datos Personales de Afip figuraba a partir del 04/2008 pero mi cliente tenia pagos salteados desde el 09/93, y algunos pagos de moratoria 493/95 y en Anses el padrón histórico autónomos figuraba fecha inicio 10/80 y cese figuraba 03/83,.-
conclusión seguí el consejo de poner los pagos del 09/93 si tenia deuda renunciarlos x ley 25321y NO poner los de la moratoria 493/95. en la situacion de revista
Pero la iniciadora me modificó el Sicam y en situacion de revista agrego el PHA de ANSES y lo renuncio o sea cargó primero fecha de inicio 10/80 hasta 03/1983 y luego siguió lo que estaba que era a partir del 04/2008, BORRO todos los pagos que figuraban.-
ESPERO LES SIRVA
conclusión seguí el consejo de poner los pagos del 09/93 si tenia deuda renunciarlos x ley 25321y NO poner los de la moratoria 493/95. en la situacion de revista
Pero la iniciadora me modificó el Sicam y en situacion de revista agrego el PHA de ANSES y lo renuncio o sea cargó primero fecha de inicio 10/80 hasta 03/1983 y luego siguió lo que estaba que era a partir del 04/2008, BORRO todos los pagos que figuraban.-
ESPERO LES SIRVA