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  • Anticipo para gastos perito calígrafo

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 #1474585  por fepe
 
Buenas tardes. En un proceso de daños y perjuicios en el que intervengo por la parte demandada, negamos la firma de un recibo que la actora presentó como prueba (mi cliente tiene dudas de si es su firma o no)

La actora había solicitado pericial caligráfica sobre el recibo para el caso de desconocimiento del instrumento. El tema es que el perito solicitó anticipo para gastos y la actora manifiesta que como actúa con beneficio de litigar sin gastos no le corresponde abonarlo a él, sino a mi cliente (demandado que no ofreció el medio de prueba) y el juzgado le hizo lugar al pedido.

Es la primera vez que me pasa algo así. Es correcto? Estuve intentando buscar alguna doctrina o jurisprudencia que se refiera al tema y no encuentro nada que se pueda aplicar al caso.

No me parece que corresponda que mi cliente deba hacerse cargo de los gastos de una prueba pericial que él no solicitó, estoy en lo correcto?

Se agradece cualquier comentario que me pueda aclarar el tema. Muchas gracias.
 #1474589  por profesional
 
El tema es que si vos estás interesado en ese resultado te sugiero que te hagas cargo de pagar el anticipo.
De igual modo, el beneficio de litigar sin gastos a veces se solicita para no pagar tasa de justicia inicial. Si desp es perdidoso podrás probar que tiene bienes o ingresos para pagar las costas
Yo sugeriría que analices si es de fundamental importancia esa prueba o no para pagar ese anticipo al perito
 #1474593  por legalescom
 
Más que, si la prueba es fundamental, o no, para la parte demandada, sería, más conveniente, repensar si la firma es auténtica, o no.Yo, desistiría de la pericia. "Manifestado por una de las partes su desinterés en la pericial, operada su abstención de participar en ella, y no siendo necesaria para la dilucidación del pleito, los gastos y honorarios producidos por la misma, deben ser a cargo de la parte que solicitó dicha prueba".
 #1474920  por Tuiti
 
legalescom escribió: Lun, 26 Jun 2023, 18:43 Más que, si la prueba es fundamental, o no, para la parte demandada, sería, más conveniente, repensar si la firma es auténtica, o no.Yo, desistiría de la pericia. "Manifestado por una de las partes su desinterés en la pericial, operada su abstención de participar en ella, y no siendo necesaria para la dilucidación del pleito, los gastos y honorarios producidos por la misma, deben ser a cargo de la parte que solicitó dicha prueba".
legalesscom, pregunto por desconocimiento : ¿ Esto no debiera haberlo hecho en la contestación de demanda ( que tampoco sería desistir ) ? Porque desistir de la pericia o de ciertos puntos puede hacerlo el que la ofreció, ya se sorteó perito ¿ no es tarde para hacerlo el demandado ?
Insisto, lo pregunto para aprender porque no me queda claro el tema.
 #1474921  por legalescom
 
Exacto, al contestar la demanda, debió oponerse a la pericia, requerida por el actor.
Dispone el C.P. Nacional, en su:

Art. 478. - Los jueces deberán regular los honorarios de los de peritos y demás auxiliares de la justicia, conforme a los respectivos aranceles, debiendo adecuarlos, por debajo de sus topes mínimos inclusive, a las regulaciones que se practicaren en favor de los restantes profesionales intervinientes, ponderando la naturaleza, complejidad, calidad y extensión en el tiempo de los respectivos trabajos. (Párrafo incorporado por art. 10 de la Ley N° 24.432 B.O. 10/1/1995)

Al contestar el traslado a que se refiere el segundo párrafo del artículo 459, la parte contraria a la que ha ofrecido la prueba pericial podrá:

1) Impugnar su procedencia por no corresponder conforme a lo dispuesto en el artículo 457; si no obstante haber sido declarada procedente, de la sentencia resultare que no ha constituído UNO (1) de los elementos de convicción coadyuvante para la decisión, los gastos y honorarios del perito y consultores técnicos serán a cargo de la parte que propuso la pericia.

2) Manifestar que no tiene interés en la pericia, y que se abstendrá, por tal razón, de participar en ella; en este caso, los gastos y honorarios del perito y consultor técnico serán siempre a cargo de quien la solicitó, excepto cuando para resolver a su favor se hiciere mérito de aquélla.
 #1474924  por Tuiti
 
Gracias por tu respuesta legalescom !