lasflores escribió: ↑Dom, 20 Ago 2023, 11:40
Muchas gracias Mario, yo por la normativa entendia lo mismo que vos, pero me confundió el Bluecorp, no se a que casos se refiere cuando te toma un reconocimiento de servicios provinciales con menor edad. Será algun caso que en Pcia la actividad es diferencial o insalubre y en Anses no?
Saludos
CREO QUE LA NORMATIVA ES CLARA. QUIEN LE QUIERA DAR OTRA INTERPRETACION, SERIA BUENO QUE LO FUNDAMENTE
La Caja Otorgante, que “impone” los requisitos jubilatorios de su propio régimen, que es además quien verifica el cumplimiento de edad y servicios para acceder a la prestación, computa los servicios prestados en su régimen, los reconocidos por las otras cajas y hace efectivo el beneficio. La Caja Reconocedora, reconoce los servicios prestados bajo su propio régimen y transfiere los aportes y contribuciones a la Caja Otorgante.
Como consecuencias de estas reglas podemos concluir que se aplican las normas previsionales que corresponden a la caja otorgante para la determinación del derecho a la prestación y que todos los servicios son considerados como si pertenecieran a la caja otorgante.
La Resolución 363/81 en su artículo 13 dispuso el carácter voluntario de la invocación de la reciprocidad. Es decir que el afiliado puede renunciar a la computación de servicios, si de ellos no depende el otorgamiento de la prestación. Pero lo que no puede hacer el afiliado es “parcializar” la reciprocidad: si decide invocarla, debe usar la totalidad de los servicios prestados a todos los regímenes a los cuales aportó durante su vida laboral.