Buenos dias, les consulto tengo una clienta que me consulta sobre la incorporación de herederos de una SRL. Son tres socios, uno falleció, la sociedad no está en actividad, quieren vender el único inmueble que queda a nombre de la sociedad. Entiendo que no habiendo ninguna previsión en el contrato social, pueden incorporar al heredero, mediante la inscripción en IGJ del heredero del socio, y luego, decidir la venta del inmueble. Pero la clienta me manifiesta que le han informado que no es necesario que se incorpore en IGJ el heredero, sino que puede directamente venderse el inmueble, o suscribir un acuerdo los socios con el heredero y acordar la venta. Hace poco que hago societario, si algún colega que esté en el tema me puede aclarar si es posible hacerlo de ese modo le agradecería. La sociedad está inscripta en IGJ y el inmueble está en provincia. Gracias