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  • SUCESIÓN. TRACTO ABREVIADO. LABOR PROFESIONAL

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 #1480062  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Tengo una sucesión por un inmueble y es mi primer tracto abreviado a realizar. Es en Capital. Mi duda es si una vez que sale la declaratoria se procede a la venta, luego se denuncia a la/el escribana/o en el expediente y se encarga de realizar la denuncia de la venta más la escrituración. Es decir, el abogado más que presentar a quien interviene finaliza ahí su labor? Sepan disculpar la pregunta pero es la primera vez que lo realizo. Muchas gracias.
 #1480065  por eluhngaro
 
Iusgus2013 escribió: Mar, 22 Oct 2024, 12:59 Buenas colegas. Tengo una sucesión por un inmueble y es mi primer tracto abreviado a realizar. Es en Capital. Mi duda es si una vez que sale la declaratoria se procede a la venta, luego se denuncia a la/el escribana/o en el expediente y se encarga de realizar la denuncia de la venta más la escrituración. Es decir, el abogado más que presentar a quien interviene finaliza ahí su labor? Sepan disculpar la pregunta pero es la primera vez que lo realizo. Muchas gracias.
Hola: Por lo que decís vas a hacer protocoñización, entonces, tenes que pedir la orden de inscripción, hacer el testimonio, y una vez hecho, habla con la escribanía, algunos escribanos te piden que le lleves el expediente en prestamo, a menos que vaya un empledao de la escribanía. Suerte!
 #1480067  por mcnulty
 
Iusgus2013 escribió:Buenas colegas. Tengo una sucesión por un inmueble y es mi primer tracto abreviado a realizar. Es en Capital. Mi duda es si una vez que sale la declaratoria se procede a la venta, luego se denuncia a la/el escribana/o en el expediente y se encarga de realizar la denuncia de la venta más la escrituración. Es decir, el abogado más que presentar a quien interviene finaliza ahí su labor? Sepan disculpar la pregunta pero es la primera vez que lo realizo. Muchas gracias.
Si los herederos quieren vender el inmueble ,y no inscribirlo a su nombre , tenes dos opciones que te llevan al mismo fin ... Opción uno , si ya contás con datos del escribano que va intervenir , haces un escrito pidiendo la inscripción por tracto abreviado , , denuncias el nombre del notario y listo . (El préstamo dependerá si el expediente es totalmente digital o no ,si es digital no tiene sentido ) ...Opción dos , pedís simplemente la inscripción , no haces mención al tracto abreviado y el resultado es el mismo , el escribano ya designado o el que se designe en el futuro podrán actuar en la venta sin problema .
En ambos casos allí termina tu tarea . No te olvides de dar tu conformidad con la inscripción en los términos de la ley de honorarios (art 10) ...porque el escribano lo va a necesitar .
 #1480071  por eluhngaro
 
eluhngaro escribió: Mar, 22 Oct 2024, 17:55
Iusgus2013 escribió: Mar, 22 Oct 2024, 12:59 Buenas colegas. Tengo una sucesión por un inmueble y es mi primer tracto abreviado a realizar. Es en Capital. Mi duda es si una vez que sale la declaratoria se procede a la venta, luego se denuncia a la/el escribana/o en el expediente y se encarga de realizar la denuncia de la venta más la escrituración. Es decir, el abogado más que presentar a quien interviene finaliza ahí su labor? Sepan disculpar la pregunta pero es la primera vez que lo realizo. Muchas gracias.
Hola: Por lo que decís vas a hacer protocoñización, entonces, tenes que pedir la orden de inscripción, hacer el testimonio, y una vez hecho, habla con la escribanía, algunos escribanos te piden que le lleves el expediente en prestamo, a menos que vaya un empledao de la escribanía. Suerte!
Después contá como te fué!