Buenas colegas. Les hago una consulta por un sucesorio radicado en Pcia.: en total son 5 herederos de la causante (incluyendo al viudo que no se presentó a derecho). Por lo que se lo íntimo por cédula para que se presentará. Ahora, la cuestión es que salió la declaratoria excluyendolo. Los herederos quieren realizar la venta del inmueble por tracto abreviado. Les formulo la siguiente inquietud:
* Es conveniente realizar el tracto y presentar el boleto de compraventa? Entiendo que el juzgado nos intimara a que se realice uno nuevo, debido a que faltaría la firma del viudo. Cuestion que jamás va a pasar ya que se niega a presentarse.
* En todo caso. Continuó con la tramitación del expediente hasta que se inscriba el inmueble a nombre de los herederos que si se presentaron?
Aclaro que el inmueble que se pretende vender es un bien propio de la causante que lo adquirió estando soltera. El viudo, por otra parte, vive en otro inmueble distinto al mencionado, fue el último domicilio donde vivieron juntos. Es decir, nada tiene que ver con el que estaría pasando por proceso sucesorio.
Desde ya, muchas gracias! Espero sus comentarios!!
* Es conveniente realizar el tracto y presentar el boleto de compraventa? Entiendo que el juzgado nos intimara a que se realice uno nuevo, debido a que faltaría la firma del viudo. Cuestion que jamás va a pasar ya que se niega a presentarse.
* En todo caso. Continuó con la tramitación del expediente hasta que se inscriba el inmueble a nombre de los herederos que si se presentaron?
Aclaro que el inmueble que se pretende vender es un bien propio de la causante que lo adquirió estando soltera. El viudo, por otra parte, vive en otro inmueble distinto al mencionado, fue el último domicilio donde vivieron juntos. Es decir, nada tiene que ver con el que estaría pasando por proceso sucesorio.
Desde ya, muchas gracias! Espero sus comentarios!!