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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1480514  por lucky
 
No comprendo cuál es tu duda. Te reitero, de lo que surge de las sentencias te dieron:
1) Deprati para la movilidad de la renta vitalicia.
2) Elliff/Blanco para la parte del Estado en cuanto al recálculo del haber inicial de la pensión. Y para la movilidad, Badaro + aumentos.
 #1480549  por Lan
 
Eso quería saber muchas gracias Lucky! Para las liquidaciones espero cierto? Ya que ahora debe bajar a primera instancia y tienen los 120 días hábiles. La colega que hace liquidaciones me dijo que no solo debo enviarle el detalle del beneficio si no también el contrato de renta….
 #1480550  por lucky
 
Podés ejecutar luego de los 120 días hábiles.
Para liquidar se necesita la póliza con la renta original con la fecha de vigencia, y el detalle del beneficio. Es correcto lo que te pidió.
Es lo que pedimos todos cuando liquidamos estos temas.