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  • Desistir de RTI en Camara Federal

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1479751  por MARCO82
 
Buenos dias,
Les hago una consulta. Un cliente inició el RTI que fue denegado por Comisión Médica y Comisión Médica Central, por lo que decidió apelar ante la Camara Federal de la Seguridad Social. Ahora a unos días de la junta médica ante la misma ha decidido no continuar con el tramite. Por lo que mis dudas serían:
1.- Como se hace ahora? tengo que presentar algun escrito que desiste del expte. o simplemente no se presenta a la junta medica y luego lo archivan?
2.- En estos casos se regulan honorarios profesionales?
Muchas gracias,
Slds.
 #1479797  por MARIO1943
 
LOS HONORARIOS ESTAN REGULADOS DE ACUERDO A LA LEY 14967
ARTÍCULO 1°.- Los honorarios de abogados y procuradores devengados en juicio, gestiones administrativas, actuaciones extrajudiciales y trámites de mediación, deben considerarse como remuneraciones por el trabajo personal del profesional, poseen carácter alimentario y se regirán por las disposiciones de la presente ley, que es de orden público en función de su necesaria participación para el adecuado servicio de Justicia, de aplicación exclusiva y excluyente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 6°.- La revocación del poder o patrocinio no anulará el contrato sobre honorarios, salvo que ella hubiese sido motivada por culpa del abogado o procurador declarada judicialmente, en cuyo caso, aquél será regulado judicialmente, si correspondiere
EN CUANTO A LA CONCURRENCIA, ENTIENDO QUE HABRIA QUE PRESENTAR UN ESCRITO , HACIENDO SABER LA DESICION DE LA CLIENTA , ASI PASA AL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE Y DE ESA FORMA ESTA DOCUMENTADA LA VOLUNTAD DE LA CLIENTA, SERIA UNA PRUEBA PARA RECLAMAR HOBORARIOS
 #1479799  por MARIO1943
 
HABRIA QUE VER SI EN ESTA LEY DICE LO MISMO
LEY DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADOS, PROCURADORES Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA NACIONAL Y FEDERAL

Ley 27423
 #1481659  por MARCO82
 
Buenas tardes,
Retomando el tema, el cliente no se presentó a la junta medica por lo que la Camara confirmó lo resuelto en sede administrativa y denegó el RTI.
Las costas fueron por su orden sin determinarlas, por lo que tengo que pedir la regulación de honorarios.
La duda es si puedo pedir que se regulen los honorarios también en esta instancia por la actuación ante ANSES y la Comisión Médica Central.
Gracias y saludos.