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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1482243  por lasflores
 
Buenas tardes, les consulto porque hoy por primera vez me rechazaron el inicio de un RTI porque no tenia DDJJ de salud. Me piden hacerla ahora en Anses y me dicen que obviamente el expediente sera rechazado. La Sra es monotributista desde 2013, tiene epilepsia desde chica pero esto desmejoro los ultimos años y ya no puede ni circular sola. Que me recomiendan hacer? por otro lado, no se en donde podria chequear si realmente no hizo la DDJJ cuando se inscribiò.
Gracias
 #1482244  por lucky
 
La única que puede saber si hizo la DDJJ es ella, teniendo la copia sellada de la presentación en Anses.
Ante la denegatoria que vas a tener por parte de Anses, hay dos caminos:
- La CARSS: hace pocos meses otorgaron un beneficio porque se acreditó que la incapacidad fue posterior a la inscripción en el monotributo. Acá te pueden servir los fundamentos sobre la dificultad de presentar la DDJJ que desarrolla la propia CARSS. Es la resolución 74105/2024.
- Judicializarlo: no tengo muchos fallos favorables, pero algunos hay.
Expte. N° FCB 21441/2022 AUTOS: “OLMOS, MARIELA DEL VALLE c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986”, de Córdoba, del 16 de mayo de 2023.
“ROMERO, JUAN CARLOS c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986” Expte. N° 1345/2019 (Juzgado Federal N° 1 de Salta, sentencia de junio de 2021.
 #1482246  por MARIO1943
 
lasflores escribió: Lun, 05 May 2025, 15:09 Buenas tardes, les consulto porque hoy por primera vez me rechazaron el inicio de un RTI porque no tenia DDJJ de salud. Me piden hacerla ahora en Anses y me dicen que obviamente el expediente sera rechazado. La Sra es monotributista desde 2013, tiene epilepsia desde chica pero esto desmejoro los ultimos años y ya no puede ni circular sola. Que me recomiendan hacer? por otro lado, no se en donde podria chequear si realmente no hizo la DDJJ cuando se inscribiò.
Gracias
ESTAN EQUIVOCADOS LOS DE ANSES, RECIEN A PARTIR DE ENERO DEL 2015 SE HACE EXIGIBLE LA PRESENTACION DE LA DDJJ, ANTES DE ESA FECHA ERA EXIGIBLE SOLO PARA AUTONOMO, YA QUE EN ESA FECHA DEL DECRETO EL MONOTRIBUTO NO EXISTIA
13 Ene, 2015 06:16 a.m. AR

La AFIP estableció que a partir de ahora los monotributistas deberán presentar una declaración jurada de salud ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) e informar su grupo familiar, debiendo indicarse su adhesión o no, a la obra social seleccionada. El objetivo: "determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación", comunicó
TENGO UNA CIRCULAR DE ANSES DONDE LA EXIGENCIA LA DA A PARTIR DE ENERO DEL 2015
LA TENGO QUE BUSCAR
 #1482247  por MARIO1943
 
Circular 1/15 - ANSeS (DPA)
Decreto 300/97. Declaración jurada de salud. Monotributistas. Reemplaza a la circular DPA 20/14.
Buenos Aires, 14 de enero de 2015
Conforme lo establecido en el Decreto 300/97 el trabajador autónomo se encuentra obligado a la presentación de la Declaración Jurada de Salud ante ANSES.
En virtud de la consulta efectuada a la Dirección Asuntos Jurídicos a través del Dictamen N° 56.108, se advirtió que hasta tanto no se prevea por parte de AFIP notificación personal, a los trabajadores adheridos al régimen simplificado (monotributistas) de la mencionada Declaración Jurada de Salud conforme artículo 6° del citado Decreto, éstos no se encontraban obligados a su presentación.
A partir del día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos implementó la notificación a los monotributistas poniendo en conocimiento sobre su presentación ante ANSES.
En tal sentido se recuerda que deben presentarla quienes se encuentren:
1.- Inscriptos como autónomos o monotributistas
2.- Dejaron de cotizar por un período superior a doce (12) meses.
3.- Reinscriptos como autónomos o monotributistas
4.- Siendo trabajadores dependientes pertenecientes al SIPA, se reincorporan a la actividad económica como trabajadores autónomos o monotributistas, habiendo transcurrido un plazo mayor a doce meses, desde su cese como trabajador dependiente.
Con el propósito de aclarar sobre la fecha a partir de la cual resulta necesaria la exigencia por la UDAI de la aludida Declaración Jurada de Salud a los MONOTRIBUTISTAS, se indica que:
- Para los casos que se hubieran inscripto o reinscripto (puntos 1 y 3) a partir del 13/01/2015 corresponderá presentar el formulario.
- Para los casos en que transcurridos más de doce meses sin aportar (punto 2) reinician sus cotizaciones, y las mismas se realizan con posterioridad al 13/01/2015.
- Para los trabajadores dependientes reincorporados como monotributistas (punto 4), cuando el plazo mayor a doce meses, desde el cese de la relación laboral, se cumple con posterioridad al 13/01/2015.
Sin perjuicio de las fechas enunciadas en los párrafos precedentes, la Declaración Jurada debe ser recibida por el agente de ANSES en caso de presentación espontánea por parte del interesado.
Asimismo se informa que la norma de procedimiento de la Dirección Prestaciones Activas ACTI-03-01, establece el alcance y procedimiento para el tratamiento del formulario Declaración Jurada de Salud.
 #1482248  por MARIO1943
 
ESTA CIRCULAR ES LA ANTERIOR A LA VIGENCIA DE LA EXIGENCIA, DONDE DICE QUE EL MONOT. NO ESTA OBLIGADO A PRESENTAR LA DDJJ DE SALUD
HASTA QUE AFIP NO INSTRUMENTE EL MECANISMO, NO ESTAN OBLIGADOS LOS MONOT. A PRESENTAR DD.JJ

Circular 20/14 - ANSeS (DPA)
Decreto 300/97. Formulario declaración jurada de salud
Buenos Aires, 12 de agosto de 2014

Conforme la norma de procedimiento ACTI-03-01 y Circular aclaratoria GPA W 39/10 se incluyó a los trabajadores adheridos al régimen simplificado (Monotributistas) considerándolos obligados a presentar la Declaración Jurada de Salud igual que al trabajador autónomo.

Sin perjuicio de lo expuesto, y en virtud de la consulta efectuada a la Dirección Asuntos Jurídicos se informa a través del Dictamen Nº 56.108, que para el caso de la incorporación de los trabajadores autónomos al SIPA se encuentra previsto un procedimiento de notificación personal de la mencionada Declaración Jurada de Salud, conforme artículo 6º del Decreto Nº 300/97, no advirtiéndose lo propio para los trabajadores que optaron por adherirse al régimen simplificado (Monotributistas).

En función a lo expuesto, hasta tanto AFIP no instrumente los mecanismos necesarios a fin de efectivizar la notificación, no se encuentran obligados los trabajadores monotributistas a presentar la Declaración Jurada de Salud, lo cual no obsta a que la misma sea recibida por el agente de ANSES en caso de presentación espontánea por parte del interesado.
 #1482263  por MARIO1943
 
NO SE COMO LO VAS A MANEJAR, YO ACONSEJARIA QUE A PARTE DE RECHAZAR LA DENEGATORIA ADJUNTANDO EL COMUNICADO DE AFIP Y LAS DOS CIRCULARES DE ANSES , EVIDENTEMENTE ANSES DESCONOCE SUS PROPIAS CIRCULARES Y COMO NO SE SABE COMO VA ACTUAR ANSES , ANTE LAS DUDAS DALE INTERVENCION AL titular actual de ANSES es Fernando Bearzi,Av. Paseo Colón 329, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
 #1482268  por lasflores
 
Muchas gracias Mario, en principio voy a tener que iniciarlo bajo insitistencia porque no siquiera lo quieren iniciar. Me quieren hacer firmar la DDJJ ahora pero con eso va a ser irremontable el caso.
Saludos!
 #1482270  por MARIO1943
 
NO, VOS TENES QUE IMPUGNAR LA MEDIDA EQUIVOCADA POR ANSES TOMADA , SI LA INICIAS BAJO EXPEDIENTE TE VAN ABRIR OTRO EXPEDIENTE Y VAS A PERDER RETROACTIVO, POR ESO DIJE DE DARLE INTERVENCION A LA TITULAR DEL ANSES, SEGUI CON EL MISMO EXPEDIENTE RECHAZADO
 #1482271  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Jue, 08 May 2025, 14:50 NO, VOS TENES QUE IMPUGNAR LA MEDIDA EQUIVOCADA POR ANSES TOMADA , SI LA INICIAS BAJO EXPEDIENTE TE VAN ABRIR OTRO EXPEDIENTE Y VAS A PERDER RETROACTIVO, POR ESO DIJE DE DARLE INTERVENCION A LA TITULAR DEL ANSES, SEGUI CON EL MISMO EXPEDIENTE RECHAZADO
PUSE BAJO EXPEDIENTE, QUISE DECIR BAJO INSISTENCIA