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  • jubilado regimen insalubre vs continuar en actividad

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1482710  por benoct
 
Colegas buen dia. Se nos genero una duda. Siempre fui del entendimiento que si la persona se jubilaba por algunos de los regimenes diferenciales (ej chofer, construcción, frigori, etc) no podía luego volver a la actividad, ni siquiera como monotributo...estoy bien?
Lo estoy buscando y no encuentro la norma especifica en que se funda
gracias!
 #1482716  por MARIAALEX
 
Como autónomo puede volver sin ningún problema.
Consulta respecto a tareas insalubres, alguien tendrá algun calculador para el caso de tres actividades desarrolladas, dos diferenciales y una común, o sea 57/25, 60/30, 65/30. Estoy un poco mareada y no logro sacar el cálculo de edad.
Mil gracias!
 #1482718  por lucky
 
MARIAALEX escribió:Como autónomo puede volver sin ningún problema.
Consulta respecto a tareas insalubres, alguien tendrá algun calculador para el caso de tres actividades desarrolladas, dos diferenciales y una común, o sea 57/25, 60/30, 65/30. Estoy un poco mareada y no logro sacar el cálculo de edad.
Mil gracias!
Transcribí completo todos los períodos a cargar con la respectiva actividad, y la fecha de nacimiento de la persona, y veo si te lo puedo hacer por el sistema Jáuregui.
 #1482729  por juprevi
 
buenas noches, si trabaja en un regimen insalubre y esta a derecho , para liquidar la jubilacion Anses te va a pedir el CESE O CAMBIO A TAREAS COMUNES.En el caso de que quiera seguir trabajando y la empresa este de acuerdo, le da la baja en ARCA y lo incorpora con un nuevo alta,donde el regimen es común,manteniendo ART,OBRA SOCIAL Y cambia el puesto de trabajo,por ejemplo EMPLEADOS DE APOYO A LA PRODUCCION, o bien directamente RENUNCIA Y LE FACTURA A LA EMPRESA COMO AUTONOMO O MONOTRIBUTO.
PARA RTI no puede seguir en relacion de dependencia,si como autonomo o monotributo
pasame los años de las insalubridades y la fecha de nacimiento y te hago el prorrateo,saludos
 #1482731  por MARIAALEX
 
Buen día, gracias por su voluntad de colaborar, paso los datos
Sr, nacido 26/06/1966, tiene laborado con tareas 57/25, 100 meses y 2 días (rural) desde 01/01/197 hasta 02/05/2005, con tareas 60/30 (autonomo transportista) desde 01/03/2007 hasta la actualidad aportados 193 meses, y como tareas comunes 65/30, 66 meses anteriores a tareas rurales. Total aportado 359 meses y 2 días.
 #1482738  por lucky
 
Si cargo:
1/7/91 al 31/12/96 - comunes
1/1/97 al 2/5/2005 - rural
1/3/07 al 26/6/2025 - transportista autónomo

Se jubilaría a los 59 años 3 meses y 10 días. Le faltarían 3 meses.

Pero ojo que veo que pusiste 193 meses desde el 1/3/2007 hasta hoy, y me parece que eso no cierra en la cantidad de años desde 2007 hasta hoy.
Controlá eso y se hace de nuevo.
 #1482755  por lucky
 
Entonces hay que hacerlo de nuevo los pagos efectivos. El período que puse es más grande porque val del 2007 al 2005.
En un rato lo calculo con los meses exactos que pusiste.
 #1482756  por lucky
 
Si le pongo con el régimen de transportista 60/30 el número exacto de meses que pusiste (193 que serían 16 años y 1 mes, por ejemplo desde el 1/3/1997 al 1/3/2023), la edad para jubilarse sería 59 años 8 meses 1 día.

Por eso, controlá bien el último período cuántos aportes efectivos tiene en el régimen de 60/30.