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  • Servicio domestico menos de 12 horas semanales

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1483997  por zaza
 
buenas tardes querias consultar lo siguiente por servicio domestico trengo 3 años de servicio domestico en el sicam, fueron reconocidos por el empleador con posterioridad que van del años 2005 al 12/2007. ahora bien resulta que declararon que trabajo menos de 12 horas semanales. esta persona que intenta jubilarse no tiene ningun comprobante de los pagos o del formulario que declaro el empleador , segun la persona que realizo el tramite fue todo presentado ante anses . ( si aparece en el sipa esos 3 años con un importe por mes de $ 35 .

en el anses como la señora no tiene el formulario donde se encuentra el dador de trabajo ( que en su oportunidad si lo habia firmado) me recomiendan que pague esos 36 meses por la 27705
Mi consulta es : tengo alguna opcion de completar esos aportes de servicio domestico que van 2005 al 2007? o me convinen mas asegurarme el ingreso de la jubilacion pagando esos 3 ños ( esto me lo recomendo el anses )
 #1484018  por MARIO1943
 
Buenos Aires, 27 de junio de 2013
CIRCULAR DP Nº 48/13
PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS COMPROBACIÓN DE SERVICIOS CON APORTES EFECTUADOS
REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 58/10
Dado que se facultó a la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado invoca aportes realizados en tiempo y forma, que respalden lo indicado en la situación de revista del SICAM, son considerados como prueba suficiente de servicio, en tanto estén incluidos en la pestaña (historia de pagos) que emite el SICAM.
En consecuencia, no resultará necesario que el afiliado concurra a la Agencia de AFIP, para comprobar los períodos donde figuran los aportes realizados en tiempo y forma, ya que los cuales se consideran prueba fehaciente de la actividad y de la categoría efectuada, por aplicación supletoria del apartado 7.6. (Ampliación de Servicios) del ítem 4 (Verificación del Derecho) del capítulo VI (Acreditación de Servicios) del Anexo de la Resolución D.E.-N Nº 555/10.