A mi cliente le corren traslado de un Cobro de Pesos, recibe la cédula y me la lleva al estudio, entonces veo que el primer decreto por el cual se ordena el traslado decía: "Santiago del Estero, septiembre de 2006...", el expediente no estaba en casillero asi que pedí la caducidad de la instancia, tengo otrs escrito solicitando suspensión de plazos ya que el expediente estaba en préstamo, la cuestión es que ahora que devolvieron el expediente y agregaron la cedula, el juez decreto sin que la actora lo solicite ni nada, que a la caducidad no ha lugar atento a que la fecha consignada en la cedula fue un error de tipeo ya que el decreto es del año 2007, esta bien lo que hizo S.S.? Es la primera vez que me pasa algo así y espero que sea la última
Sí, que no? ®