Hola Gente!!!
Quería compartir con ustedes la situación que estoy pasando en un caso laboral que tramita en CABA, en el cual voy por la parte trabajadora.
Mi problema es el siguiente:
Cómo hacer para explicarle a un cliente (trabajador él) quien ha ganado un juicio laboral en primera, segunda instancia incluso un recurso extraordinario, que no ha sido condenado en ninguna costa pero!!!!!! que en virtud del art. 40 de la ley 18345 el Perito solicitó embargarle su actual sueldo a fin de cobrarse sus honorarios.
En eso estoy, la empresa demandada se ha insolventado y hasta ahora fue imposible hacer efectivo el cobro del monto de condena.
La cruel realidad es que para el perito es mucho más sencillo embargar el sueldo de mi cliente que exigir a la empresa el pago de sus honorarios.
Ojo no estoy en contra de que el Perito cobre sus honorarios pero me parece injusto que deba soportarlos el trabajador que fue injustamente despedido, ganó un juicio, no fue condenado en costas y no pudo hacer efectivo el cobro del monto de condena.
Ya estoy practicando el diálogo con mi cliente:
"Cómo ya sabe Ud. ganó el juicio y fue confirmado en todas las instancias. Como también ya le expliqué ....Las costas fueron impuestas a su ex empleadora pero como ella resulta ser "en apariencia" más insolvente que Ud. el perito decidió embargarle su sueldo para cobrarse sus honorarios. .... pero no se preocupe si logramos ubicarle algún bien podremos repetir... es decir quizás logre que le devuelvan su dinero y con muuuucha suerte cobrar algo del monto de condena.........."
La verdad que es inexplicable y sumamente injusto!!!!!!!!!!!!!!!!!
Disculpen pero tenía que desahogarme!!!!!!!!
Quería compartir con ustedes la situación que estoy pasando en un caso laboral que tramita en CABA, en el cual voy por la parte trabajadora.
Mi problema es el siguiente:
Cómo hacer para explicarle a un cliente (trabajador él) quien ha ganado un juicio laboral en primera, segunda instancia incluso un recurso extraordinario, que no ha sido condenado en ninguna costa pero!!!!!! que en virtud del art. 40 de la ley 18345 el Perito solicitó embargarle su actual sueldo a fin de cobrarse sus honorarios.
En eso estoy, la empresa demandada se ha insolventado y hasta ahora fue imposible hacer efectivo el cobro del monto de condena.
La cruel realidad es que para el perito es mucho más sencillo embargar el sueldo de mi cliente que exigir a la empresa el pago de sus honorarios.
Ojo no estoy en contra de que el Perito cobre sus honorarios pero me parece injusto que deba soportarlos el trabajador que fue injustamente despedido, ganó un juicio, no fue condenado en costas y no pudo hacer efectivo el cobro del monto de condena.
Ya estoy practicando el diálogo con mi cliente:
"Cómo ya sabe Ud. ganó el juicio y fue confirmado en todas las instancias. Como también ya le expliqué ....Las costas fueron impuestas a su ex empleadora pero como ella resulta ser "en apariencia" más insolvente que Ud. el perito decidió embargarle su sueldo para cobrarse sus honorarios. .... pero no se preocupe si logramos ubicarle algún bien podremos repetir... es decir quizás logre que le devuelvan su dinero y con muuuucha suerte cobrar algo del monto de condena.........."
La verdad que es inexplicable y sumamente injusto!!!!!!!!!!!!!!!!!
Disculpen pero tenía que desahogarme!!!!!!!!
PAIDEIA
C.A.B.A.
C.A.B.A.