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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #15358  por amonra1962
 
Hay algo que me tiene intrigado. Una colega me dijo que los obvie. Pero en ANSES me dijeron que no. Solamente, una señora, tiene 6 meses en futura. Si obvio estos meses, tendre problemas? Seria mas conveniente hacer el SICAM sin estos meses?
Desde ya muchas gracias.
Raul Esteban

 #15375  por dsncorp
 
Podes obviar los 6 meses, pero no compres años en esos periodos y hacele obviamente siempre que la compra de años te permita porque si no llegas a los 30 años vas a tener que incluirlos. Asi te saldria todo por anses.-

 #15382  por amonra1962
 
Muchas gracias. Amigo.
Raul Esteban
 #15524  por adrianita
 
[quote="amonra1962"]Hay algo que me tiene intrigado. Una colega me dijo que los obvie. Pero en ANSES me dijeron que no. Solamente, una señora, tiene 6 meses en futura. Si obvio estos meses, tendre problemas? Seria mas conveniente hacer el SICAM sin estos meses?
Desde ya muchas gracias.
Raul Esteban[
No es asi ya que yo pase por la 25321 y mi cliente tenia un solo mes en MAXIMA y en ANSES me dijeron que lo mismo me liquida LA AFJP SON REHENES Y NO HAY FORMA DE SACARLOS!!!Si vos sabes de algo por favor PUBLICALO.-

 #15538  por dsncorp
 
Los aportes como autonomos son renunciables o prescribibles.

 #15631  por norabe
 
Raul Esteban, hace la moratoria sin considerar los 6 meses en la AFJP, pero fijate en que año fue el cese para saber cuántos años de ddjj le corresponden; la envias por web así la aprueban rápido.
Una vez que está aprobada tiene que ir la señora a su AFJP, con la carta de ANSES, a completar y firmar unos formularios, con DNI, si está casada con el del cónyuge (llamá a Futura y preguntá que piden porque cada afjp solicita algo distinto), y el cobro le demora solo un mes más.
Adrianita: si se inicia el trámite por AFJP, ésta tiene 60 días para mandar la documentación a ANSES, luego resuelve ésta y el trámite demora màs obviamente. Si se hace como expliqué más arriba es mucho más rápido, una vez que está acordado por Anses no te piden más nada, solo tener su documentación en regla. Así lo hice en varios casos, y varios ya están cobrando (los otros son muy recientes)
Suerte, y Raúl contá como el resultado

 #15639  por amonra1962
 
Gracias, Norabe

 #15660  por Recarte R
 
Una vez que está aprobada tiene que ir la señora a su AFJP, con la carta de ANSES, a completar y firmar unos formularios, con DNI, si está casada con el del cónyuge (llamá a Futura y preguntá que piden porque cada afjp solicita algo distinto), y el cobro le demora solo un mes más.


Norabe: querés cobrar más rapido??? si ya sabés que esta en AFJP, anda a ella mientras tramitas clave, ADP, etc. .
Pedis turno para Jubilaciòn Ordinaria, llevas todos los papelitos (los mismos que te van a pedir después de llegar la Resoluciòn) y empezara el proceso de liquidaciòn y apertura de C de Ahorro.-
Cuando acuerden la PBU y les manden los $ a la AFJP, ya va a estar todo listo.-
Más vale maña.........
 #15663  por adriana
 
Hola tengo un caso parecido en futura ya tengo los form y los requisitos, (muchos más que en anses), tengo el adp, y el sicam me dadeuda 0, por que el cliente tiene años de rel. dep y años de autonomo, con lo cual tendría que ir a un turno en anses primero... no??? y luego a la afjp? o voy directamente a la afjp? no se que me conviene hacer, aparte tiene 75 años y entra en la moratoria que termina el 30-4....
que me aconcejan pido turno en anses? o no me lo van a dar por que esta en futura???
gracias...

 #15675  por jez
 
amonra1962 escribió:Gracias, Norabe
esos meses que decis son de autonomo o dependencia?
si es dependencia le haces el sicam como sin aportes y listo, yo por lo menos en los que tenian meses hice asi y no hubo drama

 #15696  por amonra1962
 
Muchas gracias a todos.

 #15708  por norabe
 
Recarte, gracias por el dato.
 #15797  por adriana
 
hola, ustedes siempre hablan de mandar la jubilación por la web, pero que pasa si voy con un turno a anses para iniciar un tramite de alguien de afjp??? me comentaron que los iniciadores lo rechazan? ustedes que ya tuvieron experiencia que me aconcejan? mis clientes tienen r. dep y moratorias, con lo cual tendrían que ir si o si con turno... me toca udai s.justo...
desde ya les agradezco lo que puedan aconcejar...
adriana
Última edición por adriana el Lun, 09 Abr 2007, 11:58, editado 1 vez en total.

 #19397  por samal
 
Hola, tengo el mismo problema pero con un hombre que tiene 6 meses en una afjp...podes decirme como hiciste?? A que se refieren con "obviarlos" en la liquidacion de sicam?? se refieren a que por ejemplo incluya esos meses dentro del periodo por ddjj??? Yo lo quiero hacer por jaap, ya que estan saliendo rapidisimo (me salio una en 5 dias)...si alguien sabe por favor diganme como es esto...gracias

 #19417  por Recarte R
 
samal escribió:Hola, tengo el mismo problema pero con un hombre que tiene 6 meses en una afjp...podes decirme como hiciste?? A que se refieren con "obviarlos" en la liquidacion de sicam?? se refieren a que por ejemplo incluya esos meses dentro del periodo por ddjj??? Yo lo quiero hacer por jaap, ya que estan saliendo rapidisimo (me salio una en 5 dias)...si alguien sabe por favor diganme como es esto...gracias
No, si querés obviar la Rel de Dep., liquidas el Sicam y

a) si son anteriores al 9/93, compras desde mes siguiente a los 18, "salteas"
la Rel de dependencia, volves a comprar al mes siguiente del cese de ese trabajo, no los tenes en cuenta para los 30
b) si son posteriores, liquidás todo y no los tenés en cuenta para los 30.-
Ojo, acá si tenés que ver cual fué el cese de este trabajo para aplicar la D. Jurada.-

En ninguno de los dos casos, apliques beneficios en la R de Dep. (DJ)