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  • Doble indemnización, desde cuando desaparece

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 #15665  por Lauriss
 
Hola! Soy nueva, en este foro. Espero podamos generar un ida y vuelta entre todos.
Concretamente, como bien dice mi asuntos, quisiera saber, desde cuando no rige mas la doble indemnización, porque tengo que hacer una liquidación para una demanda en donde se considera despedido mi cliente el 28 de febrero de este año. Corresponde la doble o ya no? En su caso, que corresponde?
Gracias.
Saludos!!

 #15744  por juanca
 
lauriss: La DI sigue vigente todavía - Lo que sucede es que el 1º de Marzo el ministro de Trabajo anunció en conferencia de prensa su eliminación en las próximas semanas porque la decisión ya estaba adoptada por el gobierno - Esto se debe a que funcionaría la cláusula GATILLO de la Ley de Emergencia Pública por la cual cuando la desocupación se ubicara en un dígito la DI desaparecería - Pero por ahora ...todo sigue igual -

 #15746  por Lauriss
 
Gracias!!!Entonces lo calculo ya y meto la demanda.

 #15784  por Agnese
 
Lauriss escribió:Gracias!!!Entonces lo calculo ya y meto la demanda.
Hola, si vas a presentar una demanda incluyéndola hacelo urgente porque hay muchos que piensan que una vez bajado el índice, lo que ya fue anunciado, no se aplicaría sin necesidad de que la saquen , por lo que para este sector no estaría mas en vigencia en este momento.

Para otros, como te dice Juanca, seguiría en vigencia hasta que la eliminen (yo pienso lo mismo que el), pero esta discutido y habra que estar al criterio que adopten los jueces al momento de dictar sentencia o a como salga la ley o decreto que la dejen sin efecto. (En una de esas dice a partir de su entrada en vigencia...y ahí no habría dudas sobre lo que demandaste).

De todas formas yo HOY la incluiría en una demanda ya que está en dudas si sigue o nó y en caso de que te rechacen la demanda (por este rubro) me supongo que será por el órden causado debido a la particular situación...
Agnese

 #15809  por juanca
 
Agnese : Muy oportuno y acertado tu comentario - Todo ayuda y construye -

 #15871  por harry3m
 
AMIGOS!!!!!! NO HAY DOBLE INDEMNIZACION !!!!!!
POR FAVOR LEAN:

Decreto 1433/2005 PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

 #15875  por Agnese
 
AMIGOS!!!!!! NO HAY DOBLE INDEMNIZACION !!!!!!
Harry, ya sabemos que no es el 100% actualmente , primero bajo al 80 y ahora está en el 50% (hablamos de la ley de doble indemnización porque así se la conoce, pero sabemos que ahora está en el 50%)...

Es eso a lo que te referis???

O salio hoy algún decreto nuevo???
Agnese

 #15881  por harry3m
 
Hay Agnese.....

Insisto en la precisiòn porque muchos consultantes vienen con sumas abultadas y lamentablemente hay que pincharles el globo....

Por mas que se la siga llamando "la doble": ¿No te parece que tendriamos que ser un poco mas prolijos en cuanto a los terminos?

Hay bastante diferencia entre 50 y 100...

Por como se venia hablando del asunto a mi me dio la impresion que el dto no lo habian leido. PERDON!!!!! PERDON !!!!!!
Última edición por harry3m el Sab, 17 Mar 2007, 11:24, editado 1 vez en total.

 #15885  por Agnese
 
Hola, creo que está perfecto lo que aclarás, lo que pasa es que di por descontado que "saben" que ahora es el 50%, aunque hablemos de la ley " doble indemnizacion " ( ya desde hace rato ha bajado al 50%) , y a más que en el otro tema de Hugo el hace referencia de entrada a un sueldo y medio...
Tenés toda la razón ya que hay foristas que pueden no tenerlo claro.
GRACIAS POR PRECISAR EL TEMA
Agnese.

 #15975  por AIDA
 
Agnese escribió:Hola, creo que está perfecto lo que aclarás, lo que pasa es que di por descontado que "saben" que ahora es el 50%, aunque hablemos de la ley " doble indemnizacion " ( ya desde hace rato ha bajado al 50%) , y a más que en el otro tema de Hugo el hace referencia de entrada a un sueldo y medio...
Tenés toda la razón ya que hay foristas que pueden no tenerlo claro.
GRACIAS POR PRECISAR EL TEMA
Agnese.
hola a todos !!!!! es importante agregar que la mal llamada doble indemnizacion no es aplicable a los trabajadores que ingresaron a trabajar despues del 01/01/2003
AIDA

 #15990  por Agnese
 
hola a todos !!!!! es importante agregar que la mal llamada doble indemnizacion no es aplicable a los trabajadores que ingresaron a trabajar despues del 01/01/2003
AIDA
Hola, ya que estamos terminando de precisar el tema, agrego a lo que dice Aida que no es aplicable a los trabajadores que ingresaron despues del 1/1/2003, si su incorporación representa un aumento de la plantilla total de trabajadores bajo la relacion de dependencia del empleador al 31/12/2002.
Agnese

 #16045  por AIDA
 
Agnese escribió:
hola a todos !!!!! es importante agregar que la mal llamada doble indemnizacion no es aplicable a los trabajadores que ingresaron a trabajar despues del 01/01/2003
AIDA
Hola, ya que estamos terminando de precisar el tema, agrego a lo que dice Aida que no es aplicable a los trabajadores que ingresaron despues del 1/1/2003, si su incorporación representa un aumento de la plantilla total de trabajadores bajo la relacion de dependencia del empleador al 31/12/2002.
Agnese
y para completarlo aun mas fijarse ley 25972 art 4

AIDA

 #16381  por Lauriss
 
Hola.. aparecí, yo que fui la disparadora, me perdí de un montón de cosas porque estaba sin internet!!!
Menos mal que me hacen todas esas aclaraciones, porque a pesar que las se, me dan más seguridad.
Lo que no tengo claro es lo del ingreso, osea que si entro a trabajar en el 2005 como es el caso que tengo, no va la doble (va.. el 50%). Pero de la de la ley 25561.
Pero la por estar en negro del art. 15 si. O no?
Perdonen mi ignorancia, es que leo, investigo y hay una superposición y cantidad de leyes, indemnizaciones que me re confunden. Y es mi primer demanda laboral!!
Gracias.

 #16396  por Agnese
 
Hola lauriss, el tema creo que es asi: (siempre aclarando que esta discutido si sigue vigente, yo creo que si)
Si entro en el 2005 y su ingreso represento un aumento en la planta de personal, no iria, ahora si su ingreso no represento un aumento en el personal, si iria.

Con respecto al art.15 si probas que no estaba registrado o estaba mal registrado, si va.
Chequea con otros todo esto...