Hola! Soy nueva, en este foro. Espero podamos generar un ida y vuelta entre todos.
Concretamente, como bien dice mi asuntos, quisiera saber, desde cuando no rige mas la doble indemnización, porque tengo que hacer una liquidación para una demanda en donde se considera despedido mi cliente el 28 de febrero de este año. Corresponde la doble o ya no? En su caso, que corresponde?
Gracias.
Saludos!!
Concretamente, como bien dice mi asuntos, quisiera saber, desde cuando no rige mas la doble indemnización, porque tengo que hacer una liquidación para una demanda en donde se considera despedido mi cliente el 28 de febrero de este año. Corresponde la doble o ya no? En su caso, que corresponde?
Gracias.
Saludos!!