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  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #157699  por ley
 
Hola, mi consulta es la siguiente a ver si alguien me puede orientar... resulta que mi clienta tenia un celular con tarjeta, hace el cambio de plan a una linea comunidad ahorro de movistar via telefonica, en la que pagaba un abono. este cambio se hace en noviembre del año pasado. En diciembre, esta mujer pierde el celular, hace la correspondiente denuncia en el 0800 de la compañia.
Esta señora quiere darle de baja al plan, ya que no quiere otro telefono celular ni la linea, de la compañia le informan que tiene que pagar el abono durante año y que no hay posibilidades de cancelar el plan- Esto realmente es asi?que se puede hacer? mando Cd?.. cuestion que las facturas le siguen llegando....
gracias.-

 #159357  por Dr Rop
 
miRA por lo que entiendo y contaste vos no tiene porque pagar por un años...espera otra respuesta

 #159370  por Dr_Altf424
 
Es un artilugio mentiroso y fantoche de las empresas proveedoras, apuran a la gente con esa mentira del año. Por consiguiente nadie hace los reclamos correspondientes, entre tanto las empresas siguen endeudando a la gente con cláusulas leoninas no amparadas por la legislación vigente.
Ahora bien, en mi caso yo tengo Nextel, por lo que tengo entendido es una persona con la misma personería Jurídica que las demas y las mismas actividades, bueno en dicha compañía podes pedir la baja del servicio al otro día que lo activaste. Algo raro no? Tene en cuenta que nextel no trabaja con consumidores chicos...

En lo referente a una solución, te recomiendo que hagas presentar esta carta simple (o sino por correo certificada) en la sucursal de atención al cliente o reclamos de la empresa y que al terminar la carta aclares que vas también a diligenciar una copia a Defensa del Consumidor, como también a la CnC.

Este es el modelo:
Sres:
Presente

De mi consideración:

Por intermedio de la presente, me dirijo a Uds., con la finalidad de solicitar la baja definitiva del servicio de telefonía celular prestado hasta el momento por vuestra empresa.

La presente solicitud se encuentra amparada en la resolución de la Secretaría de Comunicaciones Nº 1714/97 del 03/06/97, en sus consideraciones y específicamente en lo dicho en el artículo Nº 4 el cual expresa: derogase el artículo Nº 25 del Reglamento General de Clientes de los Servicios de Comunicaciones Móviles, aprobado por la Resolución SC Nº 490/97

Por lo tanto y en cuanto, siendo obligado a abonar en concepto de multa, indemnización, etc, se me estaría obligando a permanecer como cliente cautivo y todo esto estaría atentando contra la Ley Nº 22262 de Defensa de Competencia, Capítulo I, Art. I y la Ley Nº 24240 de Defensa del Consumidor, Capítulo I, Art. 3 y el Capítulo IX, Art. 37 Inc. b

La baja corresponde al siguiente celular:......................

Sin otro particular, saluda a Uds. atentamente.


Firma:.....................
Aclaración:................
Nº de Documento:...........

____________________________________________________________
Dejo los links de las resoluciones citadas en la carta, tal vez les interese leerlas
Cita:

http://www.redetel.gov.ar/normativa/Arc ... 714_97.htm
http://www.redetel.gov.ar/normativa/Arc ... 490_97.htm
http://www.garridocordobera.com.ar/ley_22262.htm
http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... texact.htm

 #160359  por ley
 
Mil gracias, por la ayuda a los dos...
saludos.-