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  • jurisdiccion?????????????

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 #161514  por leopoldo
 
me pueden explicar como es el tema de la jurisdiccion. si yo quiero inscribir un inmueble que se encuentra en santa teresita, el oficio o testimonio para inscribirlo en el registro, ¿es ley 22172? o sea el juzgado que me ordena la inscripcion es dolores. ¿es extraña jurisdiccion? ¿o solo es extraña jurisdiccion si se inscribi en el registro de otra provincia?

Gracias

 #161746  por turiddu
 
Exacto Leopoldo, a mi modo de ver las cosas, la opción correspondiente es la última que mencionás, vale decir, la aplicación de la Ley 22.172 se circunscribe a los casos de comunicación entre tribunales de extraña jurisdicción, lo cual implica distintas provincias. Pero en el ámbito interno de la Pcia. de Bs. As. se libra oficio o testimonio de Departamento Judicial a Departamento Judicial.-

Un fuerte abrazo.-

 #161768  por FRANSIXTO
 
SANTA TERESITA ESTA EN EL DPTO DE DOLORES SI NO ME EQUIVOCO... AL MENOS PINAMAR SI (EL CASO DEL INTENDENTE DE HACE POCO...) .-
NO, NO ES LEY 22172

ok

 #161783  por leopoldo
 
ok buenisismo, gracias