me pueden explicar como es el tema de la jurisdiccion. si yo quiero inscribir un inmueble que se encuentra en santa teresita, el oficio o testimonio para inscribirlo en el registro, ¿es ley 22172? o sea el juzgado que me ordena la inscripcion es dolores. ¿es extraña jurisdiccion? ¿o solo es extraña jurisdiccion si se inscribi en el registro de otra provincia?
Gracias
Gracias