Hola les cuento que se presentó en el estudio una persona que había contratado un albañil para hacer algunas reparaciones en su casa (colocar unas cerámicas en la cocina y membrana en el techo).
Resulta que al parecer este buen señor (el albañil) no sólo no termina su trabajo y hace abandono de él, sino que además un muchachito que lo ayudaba con la colocación de la membrana ha generado un incendio en la casa de mi cliente, causando destrucción total de la misma (se trataba de un casa premoldeada).
Con intención de llegar a un arreglo extrajudicial y con el fin de que el albañil termine su trabajo más las repaciones que a raíz de dicho incendio resultan necesarias enviamos carta documento citándolo al estudio y nunca se presentó.-
Está la denuncia del incendio hecha en la comisaria, el acta de bomberos y contamos con folletos donde este albañil se hace publicidad; además contamos con un presupuesto hecho con puño y letra del albañil.
Podré con estos elementos iniciar un DAÑOS y PERJUICIOS???
La verdad no tengo idea, no hay ningún contrato de obra firmado aunque hay testigos de que lo vieron trabajando en el lugar al hombre, y supongo que se entiende que tácitamente se ha celebrado el contrato de locacion de obra....están de acuerdo?? Alguien que me pueda orientar??? Muchas gracias a todos!
Resulta que al parecer este buen señor (el albañil) no sólo no termina su trabajo y hace abandono de él, sino que además un muchachito que lo ayudaba con la colocación de la membrana ha generado un incendio en la casa de mi cliente, causando destrucción total de la misma (se trataba de un casa premoldeada).
Con intención de llegar a un arreglo extrajudicial y con el fin de que el albañil termine su trabajo más las repaciones que a raíz de dicho incendio resultan necesarias enviamos carta documento citándolo al estudio y nunca se presentó.-
Está la denuncia del incendio hecha en la comisaria, el acta de bomberos y contamos con folletos donde este albañil se hace publicidad; además contamos con un presupuesto hecho con puño y letra del albañil.
Podré con estos elementos iniciar un DAÑOS y PERJUICIOS???
La verdad no tengo idea, no hay ningún contrato de obra firmado aunque hay testigos de que lo vieron trabajando en el lugar al hombre, y supongo que se entiende que tácitamente se ha celebrado el contrato de locacion de obra....están de acuerdo?? Alguien que me pueda orientar??? Muchas gracias a todos!