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  • SICAM... PENSIONADA!!! Me dan una mano???

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #15959  por ursula
 
Necesito que me ayuden a razonar un poco a ver si hice bien las cuentas de ser así seria una de las pensionadas que pueden cobrar... ya que no abonaría nada... por eso quiero verlo con tranquilidad.... nunca me paso que nadie pague nada!!!!!!! jajaja

Edad: 81 años
Excedente: 21 años (serían 10 años y 6 meses)
Pagó autonomo: del 1/81 hata 12/95 (15 años figuran en sicam como pagos aunque algunos estan salteados... muy bien no se entienden los primero pagos y los ultimos que hizo.. pareceria que algunos estan repetido y otros que faltan...)
En total hasta acá serían: 25 años y 6 meses

le aplico 7 por DDJJ

Quedaria:
Original:
1/81 a 12/95 (15 años) se pone en la situacion de revista original lo que ella pagó o lo tengo que sacar? de sacarlo solo quedaría el art. 3 que sino saque mal las cuentas con eso llegaría a completar los años que le faltan...
1/74 a 12/80 para aplicar art 3 (7años)

Beneficios:
1/74 a 12/80 art.3

Total años: 15 que pagó+7 de DDJJ +10 y 6 meses excedente= 32 años y 6meses... Puede ser?
porque de ser así no pagaría nada, no??? !!!! y es pensionada... ya se lo ingresaría!!!!

No lo arme aun en Sicam.... y es la duda que tengo... lo arme bien?

 #15968  por norabe
 
Probá armando el sicam con el período que decis para confirmar que no arroje de deuda y mandalo. Hice uno igual y como me dijeron que mandando la jub por la 24241 tardan en aprobarla (no se por qué) le compré un solo mes y la aprobaron enseguida. Pero, OH! sorpresa!! le suspendieron el pago (????), no se dieron cuenta que si bien tenía pensión no tenía moratoria, bueno fue todo un problema, imaginate mi clienta y la hija, finalmente arregle todo y cobro sin inconvenientes. Espero que no te pase lo mismo.

 #16007  por ursula
 
Ok norabe... pero mi pregunta es si esta bien armada la revista... porque no tengo muy en claro como se arman cuando tiene pagos de autonomos.... me aparecen en pantalla... pero no se como se cargan en sicam....

ejemplo.... esta Sra. pagó desde el 1/81 al 12/95, entonces... cuando armo el sicam.... como lo arrojo a la revista...????
lo salteo porque ya lo pago? o lo tengo que cargar igual... y el sistema se da cuenta que esta pago???? No entiendo!!!!!

Estaría bien como lo arme en el mensaje anterior???????????

 #16053  por ursula
 
nadie me ayuda?????

 #16055  por norabe
 
Ursula, paciencia, con la noticia sobre la suspensión (segura?) de las moratorias estoy como loca, me fijo y veo como la armamos. Primero decime si en el padrón de autónomos de anses le sale inscripción, en ese caso fecha de inicio y actividad; también decime que datos figuran en el sicam en datos personales (apenas entras); dde paso decime bien la fecha de nacimiento,

 #16057  por ursula
 
Norabe: Si, creo que estamos todos iguales.. por eso es mi apuro... aunque no se pueden enviar por el tema de la reorganizacion.... es todo un poco raro!!!

Te paso los datos:
Fecha de nacimiento: 24/12/1925
PUC AFIP: periodo desde 12/1995 hasta 01/01/1981 baja definitiva

Y en PADRON DE ANSES: fecha de inicio 1/81 actividad 898 y no hay fecha de cese, dice 0000

Y EN DATOS PERSONALES SICAM: esta cargada la cuenta y figuran los pagos que hizo desde el 81 hasta el 95... si voy a pagos los primeros estan un poco salteados.. y despues consecutivos totalmente!!!!

Gracias!
[/b]

 #16078  por norabe
 
Ursula: la situación de revista que armaste es correcta. Los pagos no se cargan en sicam, cuando cargas la situación de revista vas a calcular y en la siguiente pantalla en la opción detalle de deuda te aparecen todos los pagos que tenga, si están bien te da 0 y si arrojan deuda te dice el monto. Como la sra. tiene muchos años pagos, si encontras que algunos períodos tienen deuda los prescribis (vas a situación de revista y cargas el beneficio); la sit de rev quedaría 01/81 a 12/95 con el beneficio de la prescripción si corresponde y luego 01/74 a 12/80 aplicando al mismo el art 3 ley 24476. El exceso de edd a la fecha es de 10 años y 7 meses. Que tu clienta goce de pensión y jubilación; tené presente lo que ya dije, que según comentarios de otros colegas si la mandas por la 24241 tarda (sin motivo); si necesitas alguna aclaración decime. SUERTE!!!
 #16151  por Anita
 
MANDAME UN MAIL BIEN CON TODOS LOS DATOS POQUE NO TE ENTINEDO PERO ME PARECE UQ SE PUEDE SOLUCIONAR
BESOS
ANITA

 #16177  por ursula
 
OK Norabe... voy a intentarlo y te cuento como me fue... mi problema fundamentalmente es el de si en la situacion de revista tenia que ingresar el periodo 1/81 al 12/95 (que seria lo que ella pagó) pero por lo que vos me decis entiendo que si.
De alli una vez cargado todo con el beneficio de la ddjj voy a detalle de deuda y si veo que en algun lado me sale que la tiene.... le aplico el art 1 para renunciarlos....
Respecto de la ley a aplicar... creo que aunque tarde un poco mas le pondre la 24241 si es que no arroja deuda... porque al ser pensionada no tiene que tener deuda, y si es cierto lo de la suspension.... me quedaria colgada hasta que pague todo!!!
Gracias... y cualquier consejo se tendrá en cuenta y se agradecera!!!!!!

 #16213  por norabe
 
No, solo comprarías un mes de $50,70, es pago al contado, abonas y como es autónomo puro lo envias por web, te la aprueban enseguida, Anses mediante (jaja) y si despues le suspenden el pago, vas con tu clienta, la carta de anses y original y copia de la boleta paga y le extienden el cheque en el momento, salvo que no haya firma como me paso; eso es lo que hacen en la udai de Paseo Colón, no en todas aunque deben hacerlo. Suerte.

 #16297  por ursula
 
Gracias!!! solo me quedo la duda de cuanto tardaria una 24241...

 #16729  por ursula
 
Hola me decidi hacerlo por la 24241 ya que me dijeron que podria suceder un posible rechazo atento a que no me corresponde aplicar la 25944... porque no debe comprar nada!!!

Ahora, al decidirme... y tener el sicam en 0 .... no se que tengo que hacer????? pedir un turno e ir con las impresiones??? o tengo que enviar este sicam que me da 0 ????? y de hacerlo..... como lo hago??? a donde tengo que ir... poque las opciones de sicam son todas si tengo deuda....

Si alguien sabe... le agradezco comparta su conocimiento.. jijiji
 #16749  por adriana
 
Hola recien me enganche, para mi esta bien la situación de revista que armaste, en cuanto al tema del turno, yo tuve un caso que la deuda da 0 y tuve que ir a un turno, es más me parece que te conviene, haber si te lo rechazan por la web... yo iría a udai para mayor seguridad, estoy segura que tenes que llevar los 558 abc, y el resto de los form.
la verdad, no es muy común que de 0... que suerte. tu clienta feliz...
suerte
adriana
ursula escribió:Hola me decidi hacerlo por la 24241 ya que me dijeron
que podria suceder un posible rechazo atento a que no me corresponde aplicar la 25944... porque no debe comprar nada!!!

Ahora, al decidirme... y tener el sicam en 0 .... no se que tengo que hacer????? pedir un turno e ir con las impresiones??? o tengo que enviar este sicam que me da 0 ????? y de hacerlo..... como lo hago??? a donde tengo que ir... poque las opciones de sicam son todas si tengo deuda....

Si alguien sabe... le agradezco comparta su conocimiento.. jijiji