Yo que vos le hago firmar ya un convenio de honorarios por reconocimiento de labor extrajudicial....Cuanto...cuanto...es la pregunta, no? La ley 24432 faculta para celebrar convenios fuera de la escala legal, el tema está en no extralimitarse....bueno, por otra parte...El tiene que ir al Registro Civil (si es posible con el hijo) tanto mejor (lee al respecto al 249 del CC)...Como dije en otro post...cada Registro tiene su librito, y es posible que tengas que ir con el reconocido....Con averiguarlo no pasa nada
SUMMUN IUS SUMMUN INIURIA