En un desalojo, la demandada no se presentó nunca. La cuestión se declaró de puro derecho. Conforme art. 135 inc. 3 CPCC (Pcia. Bs. As.) dicha resolucion se notifica por cédula al demandado. Confeccioné dicha cedula y la parte que transcribo apareció observada con lapiz con la frase "va por nota". La verdad no se a q se refiere. Soy nuevo y recien estoy empezando.
La resolución dice: “xxx xxxxxxx, 10 de abril de 2008.- Atento al estado de las presentes actuaciones y correspondiendo expedirse sobre las pruebas, declárase esta causa de puro derecho.- Fdo. xxxxx xxxxxx xxxxxxxxx. Juez en lo Civil y Comercial Nº 3”
Desde ya, muchas gracias.
La resolución dice: “xxx xxxxxxx, 10 de abril de 2008.- Atento al estado de las presentes actuaciones y correspondiendo expedirse sobre las pruebas, declárase esta causa de puro derecho.- Fdo. xxxxx xxxxxx xxxxxxxxx. Juez en lo Civil y Comercial Nº 3”
Desde ya, muchas gracias.