HOLA, UNA PERSONA JUBILADA, QUE REINGRESO A LABORAR, ESTABA EN NEGRO DESDE 1989. DESDE CUANDO SE TIENE EN CUENTA A LOS FINES LIQUIDATORIOS (SOBRE LAS MULTAS9
GRACIAS
las multas van desde el año 89, es decir desde el reingreso, supongo que es el mismo empleador de donde se jubilo; Se cuenta con nueva antiguedad a partir del reingreso. atentamente. Omar.-
Tené en cuenta lo que dice el art. 11 in fine, que sólo podés tomar las remuneraciones hasta 2 años antes de la entrada en vigencia de la ley 24013, que fue en noviembre del 91, o sea, a mi modo de ver, del año 89, solo las de noviembre y diciembre.-
Lleva 20 años trabajando luego de la jubilación?????????? El cliente es Matusalen???? se jubiló por algun regimen especial?? OJO!!! si se jubilo por invalidez no puede volver a la actividad porque pierde el beneficio, tambien en otros regimenes especiales (por ejemplo policía de Santa Fe)
Ojo que ahora esta permitido el reingreso a la actividad pero hace unos años no lo estaba dentro de la propia LCT.