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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #168915  por claukp
 
HOLA, UNA PERSONA JUBILADA, QUE REINGRESO A LABORAR, ESTABA EN NEGRO DESDE 1989. DESDE CUANDO SE TIENE EN CUENTA A LOS FINES LIQUIDATORIOS (SOBRE LAS MULTAS9
GRACIAS

 #169106  por carlatoledo
 
si estuvo siempre en negro, teniendo el 100% de su sueldo en negro, puede reclamar desde 1989.
Saludos
 #169902  por Omar Sandoval
 
las multas van desde el año 89, es decir desde el reingreso, supongo que es el mismo empleador de donde se jubilo; Se cuenta con nueva antiguedad a partir del reingreso. atentamente. Omar.-

 #170000  por aguchi
 
Tené en cuenta lo que dice el art. 11 in fine, que sólo podés tomar las remuneraciones hasta 2 años antes de la entrada en vigencia de la ley 24013, que fue en noviembre del 91, o sea, a mi modo de ver, del año 89, solo las de noviembre y diciembre.-

 #170060  por DAL
 
Lleva 20 años trabajando luego de la jubilación?????????? El cliente es Matusalen???? se jubiló por algun regimen especial?? OJO!!! si se jubilo por invalidez no puede volver a la actividad porque pierde el beneficio, tambien en otros regimenes especiales (por ejemplo policía de Santa Fe)

Ojo que ahora esta permitido el reingreso a la actividad pero hace unos años no lo estaba dentro de la propia LCT.

A estudiar bien el caso.