mandamos telegrama intimando blanqueo de la relación y de la remuneración pero no enviamos la notificación a la afip como habíamos apercibido. ahora el empleado recibió la carta documento del empleador negando todo por aupuesto. estamos contestando y dando por extinguida la relación por su culpa. podemos ahora notificar a la afip? y en ese caso, mandamos copia de los dos telegramas?
En realidad ya es tarde, pero yo igual lo haría. En la demanda plantearía la 24013 y subsidiariamente la 25323, para que no quede sin nada.
Tene en cuenta que el requisito de la AFIP es segun el 11 para los arts. 8, 9 y 10 pero no dice lo mismo para el 15.