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 #169362  por dotor
 
mandamos telegrama intimando blanqueo de la relación y de la remuneración pero no enviamos la notificación a la afip como habíamos apercibido. ahora el empleado recibió la carta documento del empleador negando todo por aupuesto. estamos contestando y dando por extinguida la relación por su culpa. podemos ahora notificar a la afip? y en ese caso, mandamos copia de los dos telegramas?

 #169374  por DAL
 
En realidad ya es tarde, pero yo igual lo haría. En la demanda plantearía la 24013 y subsidiariamente la 25323, para que no quede sin nada.
Tene en cuenta que el requisito de la AFIP es segun el 11 para los arts. 8, 9 y 10 pero no dice lo mismo para el 15.

 #169384  por dotor
 
dal, gracias por tu respuesta.
en caso de hacer la notificación a la afip, la harías mandando el primer telegrama que incluía el "envío copia del presente a la afip" o el último dando por extinguida la relación o ambos?

 #169392  por JeroSan
 
Me queda una duda.
El art. 15 no corre solo cuando el empleador despide directamente al trabajador? o cuando el trabajdor se da por despedido tambien?

 #169592  por aguchi
 
Corre también para el despido indirecto, lo dice expresamente el segundo párrafo del art. 15.-
En cuanto al tema del telegama a la AFIP, lo que se tiene que mandar es copia de la intimación a registrar, por lo tanto enviar copia del de la extinción del vínculo me parece que no tiene razón de ser.-
Yo mandaría tardíamente copia de la intimación pero desde ya, creo que los rubros del 8, 9 y 10 no te los van a otorgar.-
Te queda, como dice DAL el art. 1 de la 25323.
Saludos!