Hola, baje jurisprudencia de Juba y no se como hacer la cita, asi está bien? Ej. En particular, en materia de alimentos aplicable al caso, cabe destacar que se ha sostenido “La cuota alimentaria para el hijo menor se condiciona a que se halle a cargo de la madre peticionante, pues si está al cuidado del padre o de un abuelo, aquélla carece de derecho para reclamarlos en nombre del menor. Es decir que si el menor para el cual la madre pide alimentos, se encuentra bajo la tenencia y cuidado del padre demandado, no debe condenarse a éste a pasarle a aquella la pensión que requiere[ CC0002 SI 55282 RSI-301-91 I 3-6-1991: O.de B.A. c/ B.J. s/ Alimentos - Litis expensas; CC0002 SI 55460 RSI-660-91 I 29-10-1991, S.B.de H.M. c/ H.J. s/ Alimentos).