Hola foristas Vino a la consulta una persona que será demandada por escrituración. Medió boleto de compraventa de una parte de su casa (habitación no separada del resto por mensura) firmado en 1956 por su padre, quien tres años después puso el bien a nombre de su mujer. El bien fue luego objeto de una sucesión que ya ha sido concluída. La casa fue ocupada en forma pacífica e ininterrumpida desde esa fecha(1956) hasta hace cuatro meses, en que la supuesta compradora hizo abandono del domicilio dejando sus pertenecias adentro. Mi cliente dice que no se pagó el precio de la venta. Ahora la compradora intima escrituración bajo apercibimiento de iniciar juicio. Comprendemos que la obligación de escriturar no prescribió si el boleto es válido como tal. El abogado de la contraparte no nos permite ver la documentación. ¿Qué hacemos? ¿Esperar a ser demandados? Muchas gracias, una vez más. Nilda Terribilli.