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  • Recurso de casación URGENTE!!

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 #173466  por derechoreal
 
Hola tengo que presentar un recurso de casación por confirmación de procesamiento, tienen algún modelo, o citas de jurisprudencia que se puedan citar. Gracias!!

 #174299  por poorlaw
 
Hola derechoreal:

Me temo que los autos de procesamiento no son recurribles en casación, ya que tienen carácter provisorio (CPPN art. 311), no son equiparables a sentencia definitiva o a autos que hagan imposible que continúen las actuaciones (CPPN art. 457) y no están enumerados en el CPPN art. 459.

Esperemos otras respuestas.

Saludos!

 #174502  por Moniluj
 
[Hola, era así hast aque entré al práctico. Les cuento que salí con honores por haber apelado un procesamiento confirmado x la Cámara dle Crimen, existía un solo precedente x lavado de dinero y lo pedimos x tentativa de homicidio, nos dieron la Casación. Mándenme el mail y les mando el escrito de 20 páginas más o menos, que la Cámara resolvió en tres renglones.
Igual, no desesperen porque siempre te quedan los motivos habilitados por el Código para recurrir ante la Casación, revisalos antes de dar todo por perdido.

 #174619  por poorlaw
 
Hola derechoreal:

Viste, había que esperar otras respuestas... ¡Hacele caso a Moniluj! Como verás, soy bastante conservador con el tema... será que me estoy poniendo viejo...

Aunque se agote las posibilidades de las que escribió Moniluj, no desperes, como dice él/ella. Ahora bien, si la preocupación es porque el procesamiento vino acompañado con una prisión preventiva, entonces habrá que preparar un buen incidente de excarcelación.

Suerte y saludos!

 #174891  por Moniluj
 
[Precisamente, la cuestión se había tornado áspera por el incidente de excarcelación. En dos palabras, le denegaban la exc. por la escala penal del delito (también una burrada, a mi entender), eso llevó a ir recurriendo en todas las instancias y a ver que el procesamiento era básico para cambiar también la suerte de la excarcelación. Es decir, si en todas las instancias me deniegan la exc. por "la calificación del delito y la escala penal", no tengo mas opción que atacar eso. Para complicarlo más, el tipo tenía una rebeldía en un federal. Bien, una vez que lo atrapan la rebeldía ya no existe, en rigor jurídico. O sea, el tema con el juzgado federal, no tenía que traeros cola a nosotros. Siguiendo los pasos del fallo "Pietro Cajamarca", minimizamos la rebeldía (inexistente ya en ese momento). El informe de la CIDH 2007 (Peirano Basso vs. Uruguay) fue el gran abono del caso. La causa llegó a la Casación y por razones de economía procesal, estaban resolviendo tanto la exc. como el procesamiento apelado. La idea era que, revocando el procesamiento mediante el ajuste típico del tipo penal, revocaran en consecuencia la exc. denegada. Ni el imputado podía creer la suerte que le tocaba, por sus antecedentes ya estaba resignado.

 #174942  por poorlaw
 
Hola Moniluj:

Me interesó tu último post. Comparto tu opinión de que es una burrada fundamentar la denegación de una excarcelación solo por la calificación del hecho imputado y la escala penal, en todas las instancias. Es el problema con la redacción del CPPN art. 316, que muchos tribunales, en una muy mala costumbre, aplican en forma automática. En este sentido, la redacción del CPPBA es mucho más moderna para el tema de la excarcelación (por lo del peligro de fuga y entorpecimiento).

Gracias por comentar tu experiencia!

Saludos!

 #175004  por poorlaw
 
Perdón, me equivoqué de hilo...

 #175079  por Moniluj
 
Igual la Corte ya dijo que la distinción entre delitos excarcelables y no excarcelables es inconstucional (Fallo Nápoli, Erika) que todos olvidan al momento de pensar el pedido de excarcelación. Los motivo sdeben ser otros, podés ver también el informe de la CIDH Peirano Basso vs. Uruguay, impecable para pelear una excarcelación automáticamente relacionada con la calificación legal. Allí se trata en serio el tema de la "supuesta inocuidad" de la calificación legal, con el cuento de que siempre se puede modificar, la transforman en el peor obstáculo a la hora de estar a derecho. Además de que el art. 311 CPPN, se torna inconstitucional si levanta un muro para el ejercicio del derecho de defensa.
Bueno, reitero, si alguien quiere material, me avisan.

 #176474  por Monig
 
Moniluj por favor me podrías mandar los fallos que mencionas te transcribo mi mail monicag_PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com. Además si puedes asesorame sobre las medidas que puedo adoptar cuando en un juzgado de Crimen demoran la entrega al titular de bienes que tienen secuestrados en el juzgado y que fueron recuperados al aprehender al ladrón. Ando con esto desde octubre de 2007 y no presenté pronto despacho porque me dijeron que es peor, por lo tanto la medida tendrá que ser otra, quizá más fuerte.